El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado la sentencia absolutoria dictada por la sección 2ª de la Audiencia Provincial de Ourense contra un vecino acusado de apropiarse del patrimonio de una octogenaria a la que cuidaba.
Además, el alto tribunal gallego ha ordenado repetir el juicio únicamente por un presunto delito agravado de estafa al mantener firme la absolución por los delitos de extorsión, coacciones y detención ilegal, y limita el nuevo juicio a la imputación por estafa agravada.
De este modo, la Sala de lo Civil y Penal estima el recurso interpuesto por la hija de la fallecida, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, al considerar que la Audiencia no valoró de forma completa la prueba relativa a la capacidad de la mujer para consentir los actos patrimoniales que realizó poco antes de morir.
En concreto, los hechos ocurrieron en el año 2019, cuando la anciana, de 83 años, otorgó testamento a favor del acusado y le cedió su vivienda a cambio de alimentos, además de vender una plaza de garaje, tras trasladarse a vivir con él, que asumió las funciones de cuidador. La mujer falleció semanas después a causa de un ictus hemorrágico tras ser ingresada en la planta de psiquiatría del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense.
El TSXG subraya que, aunque en un procedimiento previo se había considerado que la mujer conservaba su capacidad, la prueba médica y pericial practicada en el juicio apunta a una situación de deterioro cognitivo y especial vulnerabilidad que pudo afectar a la validez de su consentimiento.
En este sentido, los magistrados estiman una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación, al entender que la resolución absolutoria no ponderó adecuadamente los indicios sobre un posible engaño bastante para la comisión de una estafa.
Por el contrario, el TSXG mantiene firmes las absoluciones por los delitos de extorsión, coacciones y detención ilegal, y limita el nuevo juicio a la imputación por estafa agravada.

