El Tribunal Supremo (TS) ha suspendido, de forma cautelar, la autorización administrativa previa de las modificaciones y la de construcción otorgada por el Estado al parque eólico Moeche, de 50,4 megavatios, entre los municipios de Moeche, San Sadurniño y As Somozas (A Coruña). El proyecto está impulsado por Enel Green Power España, filial de renovables de Endesa.
En un auto con fecha de 2 de abril de 2025, el Supremo apunta al efecto acumulativo de eólicos al entender que «no puede deducirse con suficiente claridad que haya sido debidamente realizado el análisis de sinergias con los parques o proyectos próximos y la incidencia ambiental que deriva de la alta concentración de parques eólicos en un ámbito de 20 kilómetros».
El órgano ha acordado la adopción de la medida cautelar solicitada por la asociación Petón del Lobo, la cual argumentó que las tareas de instalación de un parque eólico implican trabajos de excavación y remoción de tierras, creación de viales de acceso, vertederos y zonas auxiliares, de manera que, «el mero inicio de los trabajos ya privaría de finalidad al recurso entablado al consumarse ciertos perjuicios sobre el sistema edáfico que resultarían irreversibles».
En esta línea, la entidad ambientalista avisaba que la ubicación de algunos aerogeneradores está a menos de 1.000 metros de algunos núcleos de población, cuando la Xunta estipula que debe de ser de dos kilómetros.
El TS también ha decretado la exención de caución a la asociación debido a que «la medida cautelar que aquí se adopta tiene como fin la protección de un bien colectivo como es el medio ambiente y que la recurrente interviene en ejercicio de una acción popular (reconocida ex artículo 22 de la Ley 27/2006) y para el cumplimiento de unos fines que transcienden del propio beneficio de su asociación a la colectividad o generalidad».
Al tratarse de un parque de más de 50 megavatios la autorización corresponde al Gobierno central –se suspende el acuerdo del Consejo de Ministros del 23 de julio de 2024–, ya que la Xunta se encarga de los eólicos menos de 50 megavatios.
DENUNCIA DE FRAGMENTACIÓN DE UN ÚNICO «MACROPLAN» EÓLICO
Así, Petón do Loboa alertaba de que el parque eólico es consecuencia de una fragmentación de un «macroplan industrial» y debería haberse planteado como un único proyecto, como es el caso de los parques eólicos de Basqueiro, Tesouro, Santuario y Badulaque, ya que la tramitación y autorización de estos ha sido coetánea, comparten área geográfica y también infraestructuras de evacuación y conexión.
Además, advertía de: la implantación en una zona de sensibilidad ambiental; el riesgo de incendio y las dificultades con respecto a las tareas de extinción; las afecciones de ruido y lumínicas; la incidencia en el patrimonio histórico y cultural; y su proximidad a espacios protegidos son otros de los argumentos aportados por la asociación.
Como respuesta, tanto el abogado del Estado como la filial de Endesa se opusieron a la aplicación de la suspensión cautelar del proyecto. La empresa consideraba que la «larga lista de afecciones» son de «carácter genérico» y ha asegurado que, «los riesgos ya han sido analizados» en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
En este sentido, la empresa exprea que se tuvieron en cuenta los parques eólicos que se ubican en un contorno de 20 kilómetros y que hacen un total de 37 parques con 2.281 aerogeneradores en funcionamiento y 62 proyectados.
PARQUES SUSPENDIDOS POR EL TSXG
Paralelamente, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha suspendido 66 parque eólicos hasta la actualidad.
En concreto, el alto tribunal gallego ha emitido un total de 168 autos relativos a peticiones de suspensiones cautelares de autorizaciones de 70 parques, de las cuales ha estimado 66 y desestimado cuatro.