La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado al secretario-interventor del Ayuntamiento de Fisterra (A Coruña) a dos años y seis meses de prisión por un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, en concurso con un delito continuado de malversación, de los que el tribunal jurado ya lo había considerado culpable.
En concreto, la Sección Primera de la Audiencia Provincial, en una sentencia a fecha de 12 de marzo de 2020 recogida por Europa Press, considera que entre enero de 2011 y diciembre de 2012 el acusado, «aprovechando las facultades de disposición inherentes a su cargo», «manipuló y alteró sus propias nóminas y las órdenes de pago» una vez presentadas al tesorero y al entonces alcalde, José Manuel Traba.
Esas modificaciones fueron realizadas, según consta en el fallo, «de forma grosera y burda», por lo que eran «perfectamente apreciables por cualquiera».
En la sentencia, el tribunal considera probado que el acusado, que desempeñaba el cargo desde el año 1983, se sirvió de estas artimañas para autoingresarse una cantidad de más de 26.000 euros.
Durante el juicio, la defensa alegaba que estos montantes se justificaban con que había trabajado «más allá de su jornada laboral», que «no disfrutó de sus períodos vacacionales» y que había un acuerdo con el regidor. Estos hechos fueron admitidos por el Ministerio Público y la acusación, representada por el Ayuntamiento, pero rechazaban que el cobro fuese lícito.
«Esa labor encomiable no puede ser una patente de corso y obtener dinero de manera indebida», expuso el fiscal en la vista oral. «Si realmente hubo un acuerdo, los acuerdos no son verbales», añadió la acusación particular, que negó que el entonces alcalde –que sí reconoció la existencia de algún anticipo y gratificación– permitiese esos pagos.
La defensa, por su parte, rechazó los argumentos expuestos por ambos y ha insistido en que el secretario-interventor sigue trabajando en el ayuntamiento y que no hubo por parte del Consello de Contas ningún dictamen alertando de irregularidades.
También argumentó que por parte del alcalde de entonces, que denunció los hechos tras el aviso de la entidad bancaria, como del actual se «podía incoar un expediente administrativo» contra el secretario-interventor, lo que no se hizo, según recordó.
MINUTADAS «POR ATRÁS»
Sin embargo, tal y como consta en la sentencia, el acusado reconoció que añadió «determinados conceptos en sus nóminas por vacaciones y horarios» y que «las minutaba por atrás», al tiempo que negó «la necesidad de un cauce legal para el pago».
A la hora de dictaminar los dos años y medio de prisión por falsedad en documento oficial y malversación de caudales públicos, la Audiencia ha tenido en cuentas la atenuante de reparación del daño, ya que el acusado ya devolvió unos 6.000 euros a las arcas municipales; y la de dilaciones indebidas en el proceso.
Además de la pena de cárcel, el tribunal dictamina que el condenado, ante los «innegables perjuicios económicos» causados al Ayuntamiento de Fisterra, debe indemnizar a la institución en un total de 23.690 euros. Como ya consignó los 6.000 ya mencionados, le resta por abonar casi 17.000 euros.