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El TSXG confirma la absolución de una pareja acusada de apropiarse del dinero de un anciano en Monforte

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado los recursos de apelación presentados por los familiares de un anciano de Monforte de Lemos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo que absolvió a una pareja que lo cuidaba de los delitos de apropiación indebida y estafa. La Sala confirma íntegramente el fallo dictado el 12 de diciembre de 2025 y no impone las costas de esta segunda instancia.

Los recursos habían sido interpuestos por las acusaciones particulares después de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial absolviese libremente a los acusados, un matrimonio vecino del anciano, al considerar que no había quedado acreditado que se hubieran apropiado del dinero del fallecido ni que lo hubieran engañado para obtenerlo.

Según recoge la resolución, el anciano, nacido en 1927, residía en su domicilio de Monforte de Lemos hasta que en 2013, debido a su avanzada edad, acordó trasladarse a la vivienda de sus vecinos, los ahora absueltos. A cambio, abonaba mensualmente 400 euros por alojamiento y manutención, además de 50 euros para la mujer y 20 euros para la hija de ambos.

Durante el periodo de convivencia, que se prolongó hasta noviembre de 2018, cuando el hombre ingresó en una residencia, realizó varias retiradas de efectivo de sus cuentas bancarias por importes de 12.485,71 euros, 28.000 euros y 10.165,49 euros.

Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial como ahora el TSXG consideran que no ha quedado probado que los acusados engañasen al anciano para que les entregase en depósito los 12.485,71 y los 28.000 euros retirados de sus cuentas, ni que se apropiaran de esas cantidades con ánimo de lucro.

La Sala también avala la conclusión de que no existe prueba suficiente para afirmar que el acusado, autorizado en una de las cuentas bancarias, fuese quien retiró personalmente los 28.000 euros de la entidad financiera.

Asimismo, la sentencia recuerda que durante los años de convivencia el anciano realizaba periódicamente retiradas de dinero para sufragar sus gastos personales y pagar a los acusados los importes pactados por su manutención.

En relación con otra de las acusaciones, referida a supuestas disposiciones periódicas por un total de 7.800 euros, el tribunal concluye igualmente que no ha quedado acreditado que los acusados aprovecharan la situación de vulnerabilidad del hombre para realizar esos reintegros o influir en él con el fin de apropiarse posteriormente del dinero.

El anciano falleció el 18 de octubre de 2021 y fueron llamados a la herencia una sobrina y un nieto. Tras analizar los argumentos de las acusaciones particulares, el TSXG ha decidido desestimar los recursos de apelación y confirmar la absolución dictada por la Audiencia Provincial de Lugo, al considerar que no existen motivos para modificar la valoración de la prueba realizada en primera instancia.

En esta sentencia de apelación se deja claro de nuevo que no hay «prueba suficiente de la existencia de engaño o suplantación» ni tampoco que el ahora fallecido «conservase una independencia física y mental propia de su edad que le impidiese la administración de su patrimonio».

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