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La acusación recurre el auto de imputación por prevaricación a Jácome para añadir malversación y falsedad documental

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El exconcejal de Democracia Ourensana Telmo Ucha ha presentado recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el auto dictado por la Plaza número 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ourense que investiga al alcalde, Gonzalo Pérez Jácome (DO), por un supuesto delito de prevaricación.

En concreto, la acusación particular solicita ahora ampliar el objeto del proceso para investigar simultáneamente un delito de malversación de caudales públicos en concurso con el delito continuado de prevaricación por no solicitar Jácome compatibilidad para desempeñar sus funciones de regidor al tiempo que las de propietario de su televisión, Auria TV.

Asimismo, el recurso incluye también la investigación de un delito de falsedad en documento público en concurso con la malversación y en relación de analogía con la prevaricación.

DELITO DE MALVERSACIÓN DE CAUDALES

Tal y como se expone en el documento, el regidor tiene a su cargo caudales públicos procedentes de sus retribuciones como alcalde en régimen de dedicación exclusiva, así como las dotaciones de Democracia Ourensana, al ser ese portavoz del grupo político.

En este sentido, la acusación apunta a una «apropiación con ánimo de lucro», ya que considera que el imputado ha percibido retribuciones por dedicación exclusiva sin haber obtenido la preceptiva compatibilidad «con cargo al presupuesto municipal», las cuales han sido ingresadas «en su patrimonio personal sin título jurídico suficiente».

Según se matiza en el recurso, las cantidades ascienden a 117.294,61 euros entre junio de 2024 y noviembre de 2025, a lo que se suma a estas la facturación empresarial de Auria TV, la cual «supera con creces el umbral de 50.000 euros del tipo agravado».

«Este circuito de derivación de fondos en beneficio exclusivo y privado del investigado establece una conexión estructural con el delito de prevaricación. Sin los sucesivos acuerdos de dedicación exclusiva (que son las resoluciones prevaricadoras) no habría existido flujo alguno de fondos públicos hacia el patrimonio del alcalde», ha recalcado la acusación.

DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL

Además, la acusación ha considerado también la concurrencia de un delito autónomo de falsedad en documento público, a causa de la supuesta «ocultación de actividades privadas incompatibles», así como la «ocultación sistemática del patrimonio inmobiliario real» de Pérez Jácome.

«En el Registro de Actividades del Ayuntamiento de Ourense, el investigado declaró, al inicio del mandato y en las sucesivas renovaciones, ‘cero actividades privadas’, omitiendo en todo momento el ejercicio como empresario en el sector audiovisual», han señalado en el recurso.

En este sentido, la acusación califica la declaración como «manifiestamente falsa en el momento de su suscripción», al insistir en que la actividad privada «existía, era habitual y se encontraba en situación de incompatibilidad formal con el cargo público ejercido».

En la misma línea, la acusación ha señalado también la «omisión» por parte del regidor de inmuebles en su declaración patrimonial de la Diputación en junio 2023, así como de propiedades en su declaración de toma de posesión/cese de febrero de 2026.

Por ello, el denunciante ha recalcado que dicha omisión «no puede explicarse por error u olvido», sino que, «atendida la magnitud y singularidad de los bienes ocultados», se corresponde con «una omisión dolosa, selectiva y reiterada».

INVESTIGACIÓN

En cuanto a la investigación por un supuesto delito continuado de prevaricación, el juez exponía en el auto que resulta «evidente» la obligación del regidor de solicitar la compatibilidad entre su cargo de alcalde con dedicación exclusiva y el desarrollo de la actividad al frente de una televisión pública de carácter local, «sin que se admitan interpretaciones».

«Gonzalo Pérez Jácome tenía que haber planteado ante el pleno del Ayuntamiento de Ourense la cuestión debatida para que el pleno valorase si se le reconoce o no se le reconoce la compatibilidad entre su cargo desempeñado en forma de dedicación exclusiva y la explotación de una televisión pública y local», reseñaba el magistrado.

En este sentido, el titular de la sección de Instrucción número 1, Leonardo Álvarez, recordaba que el alcalde ha cobrado –desde 2020 y hasta noviembre de 2025 cuando se recibió la certificación judicial– más de 400.000 euros por su condición de alcalde, recibiendo concretamente 69.925,94 en 2020; 70.555,24 euros en 2021; 73.024,70 euros en 2022; 75.215,42 euros en 2023; 77.457,30 euros en 2024; y 66.699,96 euros en 2025.

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