El Gobierno central y la Xunta se sentarán de forma inminente en la Comisión Bilateral para tratar de solventar las diferencias en torno a la reforma gallega de la ley de salud, ante el recurso de inconstitucionalidad impulsado por el Ejecutivo que dirige el socialista Pedro Sánchez.
Aunque todavía están cerrando fechas, tanto la Vicepresidencia Primera de la Xunta, departamento encargado de las relaciones institucionales, como el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, han iniciado los contactos para arrancar las negociaciones, según han trasladado a Europa Press fuentes del Gobierno gallego.
Las mismas fuentes han confirmado que este mismo viernes se ha producido un contacto telefónico entre el vicepresidente primero de la Xunta, Alfonso Rueda, y el titular del Ministerio de Política Territorial, Miquel Iceta.
El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, se posicionó este jueves sobre este asunto –la voluntad de activar la comisión mixta ya se había trasladado el día anterior– e incidió en que para que las negociaciones vayan más allá de «hablar por hablar» el Ejecutivo central debería «retirar» el recurso.
PROPUESTA DE RECURSO Y DICTAMEN
La idea inicial del Gobierno central, tal y como expresó en la petición de informe ante el Consejo de Estado, era recurrir tres aspectos: las medidas preventivas (es decir, las cuestiones a regular), la adopción de las medidas preventivas (‘el modus operandi’ para ejecutar las medidas) y el régimen de sanciones (en varios artículos y, especialmente, en lo referido a las multas por incumplimientos de las medidas que el Gobierno central cuestiona).
En su informe, el Consejo de Estado considera que es pertinente interponer recurso de inconstitucionalidad a uno de los apartados concretos, el relativo a las medidas. Literalmente, señala: cabe este recurso al apartado cinco del artículo único de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 8/2021, de 25 de febrero, en lo relativo al apartado 2 del artículo 38 que introduce en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de Salud de Galicia.
El apartado cinco introduce un artículo 38 a la ley de salud gallega con dos apartados, de los cuales, el Consejo de Estado avala que se recurra la segunda parte, como se ha mencionado. Esta ‘segunda parte’ habla de medidas preventivas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando haya un peligro para la salud de la población.
Y para ello, además de otras medidas generales, establece que se podrán adoptar medidas de control de las personas enfermas, como el aislamiento domiciliario (actualmente los confinamientos de las personas que están contagiadas por el coronavirus), el internamiento en un centro hospitalario o el aislamiento o internamiento en otro lugar adecuado para tal fin.
MEDIDAS DE CONTROL
Entre las siete principales de esta ‘segunda parte’, también recoge medidas de control para personas que hayan estado en contacto con personas enfermas (como actualmente los aislamientos de contactos positivos); o el sometimiento a medidas profilácticas de prevención, incluida la vacunación o inmunización.
Este apartado de la ley también habilita medidas de control del «entorno inmediato» de las personas enfermas o que hayan estado en contacto con ellas, así como de «zonas afectadas» (lugares geográficos), lo que puede conllevar, por ejemplo, la limitación de movilidad o circulación (como han sido los cierres perimetrales de ciudades o áreas sanitarias) o restricciones a las agrupaciones de personas (como el límite en las reuniones, tal y como está vigente en este momento en Galicia).