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La selección de Mina Doade como proyecto estratégico sigue judicializada por Ecologistas en Acción ante el TJUE

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La decisión de la Comisión Europea sobre la selección de Mina Doade como proyecto estratégico todavía sigue judicializada, ya que el Tribunal de Justicia Europea (TJUE) aún no ha resuelto una causa iniciada por Ecologistas en Acción que pide la anulación de esta decisión.

Atendiendo a la documentación pública –consultable en la web del TJUE–, este es el único asunto pendiente por resolver en referencia a este proyecto minero planeado en Beariz (Ourense) y promovido mayoritariamente por Grupo Samca (a través de la filial Recursos Minerales de Galicia).

Recientemente, el TJUE ha resuelto otro recurso presentado por ClientEarth que, según han explicado a Europa Press fuentes de esta ONG, se inició debido a que la Comisión Europea «no respondió» a una solicitud de acceso de documentación, que en primer lugar se realizó por la vía administrativa. «Durante el procedimiento, la Comisión nos envió una respuesta, por lo que el objeto de la reclamación dejó de existir», ha señalado.

Dado que su queja versaba sobre «la falta de respuesta» de la Comisión y esta «finalmente se produjo», el asunto quedó archivado en el registro del TJUE, pero esta ONG no había recurrido como tal el estatus de proyecto estratégico concedido a la mina de Doade, como erróneamente informó Europa Press el pasado viernes.

«El caso retirado no trata sobre el contenido de la respuesta de la Comisión; se trató esencialmente de un paso formal que dimos para conseguir dicha respuesta», matiza esta ONG, que sí ha abierto otra causa basada en esta, pero que en esta ocasión solo involucra a la Mina do Barroso, en Portugal. Además, ClientEarth ha aclarado que, en estos momentos, no tiene ninguna otra abierta que implique a Mina Doade.

RECURSO TODAVÍA PENDIENTE

Por su parte, Ecologistas en Acción sí ha cuestionado la selección de este y otros como proyectos estratégicos, utilizando la vía administrativa en primer lugar. «El problema es que la Comisión Europea, incluso a los propios eurodiputados, no facilitó información», ha indicado el portavoz de la entidad en Galicia, Cristóbal López.

En este sentido, la organización recuerda que, aunque no es el caso de la de Beariz, otras minas han estado en funcionamiento y alguna cuenta con «graves antecedentes de ilegalidad ambiental». El procedimiento utilizado primeramente fue el de petición de revisión interna, usado también por otras entidades europeas en relación a los proyectos seleccionados en sus países. «Nos laminaron a nosotros y a todas las [entidades] que iban con nosotros», ha valorado López.

Una vez agotó todas las posibilidades por la vía administrativa, la organización presentó un recurso contencioso-administrativo ante el TJUE en febrero de este año. Este pide anular la decisión de la Comisión que desestimó la solicitud de revisión interna de la selección de estos proyectos y, al mismo tiempo, directamente anular su catalogación como estratégicos.

En su exposición de motivos, la entidad ecologista invoca dos. Por una parte, critica que «condicione» el análisis de sostenibilidad de los proyectos a las evaluaciones de los Estados miembros donde se planean los mismos. Lo considera «un error manifiesto de derecho al reducir la ‘evaluación general’ exigida» a «una mera revisión superficial de las solicitudes».

Esto, a juicio de Ecologistas en Acción, «desvirtúa» el propósito del procedimiento de evaluación y «contradice» la jurisprudencia del propio TJUE, la cual obliga a la Comisión a considerar «todos los elementos pertinentes y disponibles» y a basar sus decisiones en pruebas «exactas, fiables, completas y suficientes».

Por otra parte, la organización achaca otro error a la Comisión basado en «restringir el derecho a una decisión motivada únicamente a los destinatarios formales (los promotores de los proyectos), excluyendo al público interesado».

«Este planteamiento infringe el carácter universal del derecho a una buena administración, a la naturaleza pública de un acto publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y el interés legítimo amplio para el público, especialmente las ONG, en actos ambientales reconocidos en Convenio de Aarhus y en el Derecho ambiental de la Unión Europea», defiende el texto del recurso interpuesto.

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