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La viuda de un condenado por tráfico de drogas por la Audiencia Nacional acepta pena de cárcel por blanqueo de capitales

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Una mujer acusada de blanqueo de capitales y depósito de armas y un hombre procesado por este segundo delito han aceptado penas de dos años y nueve meses, respectivamente. Se trata de unos hechos que comenzaron en vida del padre de familia y que continuaron tras su fallecimiento. Los encausados, viuda y cuñado del finado, no entrarán en prisión tras un acuerdo entre las partes.

Los dos han aceptado la pena en el juicio fijado para este lunes en la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña y tras un pacto entre Fiscalía y defensa al reconocer los hechos los acusados y acordarse una rebaja de la condena. La sentencia ha sido declarada firme.

Con todo, el letrado que ambos compartían ha solicitado la suspensión de la pena de prisión impuesta y la fiscal aceptó. El tribunal acordó la suspensión por no tener antecedentes penales «de la misma naturaleza» y con la condición de no delinquir en un plazo de tres años.

En esta vista, había otros ocho investigados en calidad de cooperadores necesarios por esta misma causa. A todos ellos se les ha retirado la acusación.

HECHOS

El escrito fiscal recoge toda una sucesión de supuestos blanqueos de capital, investigación que arrancó en marzo de 2004 cuando Vigilancia Aduanera presentó en el Juzgado de Guardia de A Coruña un informe-denuncia relativo a un grupo de personas vinculadas al hombre fallecido en 2001 en el que apuntaban que estarían continuando las actividades delictivas de éste, relativas a la introducción de sustancias estupefacientes.

Tenían la convicción de que se preparaba una entrada importante de droga por vía marítima.

El finado había sido condenado por tráfico de drogas y pertenencia a organización por sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Nacional de 14 de febrero de 1997 a las penas de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 217 millones de pesetas, aunque dicha sentencia fue recurrida en casación, que rebajó la pena de prisión. La multa no se llegó a hacer efectiva por insolvencia, tan solo formal o aparente.

El fallecido, a los efectos de evitar el embargo de sus bienes, de manera organizada, dispersó su patrimonio (dinero, buques y bienes inmuebles) con la ayuda de su esposa, también acusada, con la que estuvo casado en régimen de gananciales hasta el 3 de enero de 1996, fecha en la que pasaron a tener el régimen de separación de bienes, «ocultando sus propiedades a nombre de esta, de otros familiares, de conocidos y de sociedades interpuestas, creadas para evitar el descubrimiento de la verdadera procedencia y titularidad de los bienes».

Entre las propiedades ocultas y gracias a la intervención de las comunicaciones telefónicas, se descubren armas en embarcaciones y propiedades inmuebles de la familia.

Concretamente, en un domicilio de Tarrío-Queiruga se encontraron ocultos en un doble fondo tres revólveres con munición y sin guías de armas, además de una escopeta de la marca GSM calibre 12 y número de serie 12411.

En otro domicilio sito en Herbón, se halló un revólver calibre 8 mm MOD. GT28 con cargador y balas 6’35 Browning, sin guía de armas y con munición. Todas las armas relacionadas, según informe pericial de balística se hallan en perfecto estado de disparo y eran poseídas por dos de los acusados careciendo de los correspondientes permisos.

Asimismo, en otros domicilios se encontraron joyas y dinero en efectivo que nunca declararon.

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