La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por la madre de un preso que falleció de un infarto, que duró cinco horas, en la cárcel de Pereiro de Aguiar (Ourense) en el que alegaba que los funcionarios habían actuado de forma irregular.
Los hechos se remontan al 20 de octubre de 2019 cuando otro interno, a última hora de la tarde, le comunicó al funcionario que su compañero no quería cenar porque se encontraba mal y que tenía molestias desde media tarde, pero que no informó «por no molestar».
Así, la mujer solicitó el abono de 120.000 euros basando su reclamación en el irregular funcionamiento del centro penitenciario al «no haber tratado adecuadamente» el padecimiento que le causó la muerte.
La sentencia recoge que el jefe de servicio contactó con el médico de guardia y le indicó la conveniencia de trasladar al interno a un hospital, por lo que llamaron a un taxi.
Con todo, mientras esperaban, el preso se desvaneció en la puerta de la cárcel, por lo que llamaron al 061 y le realizaron las maniobras de reanimación cardiopulmonar, a las que se sumó la ATS de guardia.
La Audiencia Nacional ha señalado que «no presentaba» antecedentes clínicos significativos ni factores de riesgo cardiovasculares y que el recluso falleció «por muerte natural» con causa en cardiopatía isquémica crónica.
El fallo recoge que «no es posible encontrar» elemento de juicio alguno que permita justificar la existencia de irregularidad alguna en el actual del servicio penitenciario ni, por lo tanto, imputarle responsabilidad alguna por el fallecimiento del hijo de la recurrente.