La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha absuelto a un acusado de agredir sexualmente a una mujer que formaba parte del grupo con el que cenó e ingirió bebidas alcohólicas entre el 16 y el 17 de mayo de 2021 por no quedar acreditado que las relaciones sexuales no fuesen consentidas.
El tribunal considera probado que, sobre la una de la madrugada, el grupo decidió dirigirse a la vivienda de uno de los integrantes. Al llegar al domicilio, la denunciante, según consta en la sentencia, comenzó a sentirse mal, por lo que, acompañada de su prima, se tumbó sobre una cama de una de las habitaciones del inmueble. Allí acudieron varias veces su familiar y el procesado, diciéndoles la denunciante que la dejaran, que se encontraba mal, «llegando a vomitar en la propia habitación».
Con todo, el tribunal señala que en el transcurso de la madrugada, «al menos en dos ocasiones», el procesado mantuvo relaciones sexuales con ella, «sin que haya quedado acreditado que las mismas no fuesen consentidas».
Además, la sentencia apunta que es «difícil sostener que existe una situación de práctica incapacidad desde el momento de la cena», y está acreditado que caminaron hasta el domicilio, «un trayecto de un kilómetro», en el que, según el tribunal, «necesariamente ayudaría a que se despejase ese estado de somnolencia». A esto se une «que esa situación se mantuviese, tras dormir, siete horas más tarde».
«Estos datos no ayudan a dar la credibilidad necesaria al testimonio de la víctima, y todo ello aún partiendo del hecho incontrovertido de que, al menos, se encontró sobre la una de la madrugada, indispuesta», relata.
En cuanto a esa indisposición, el tribunal sostiene que es «contradicho por todas las personas que la acompañaron esa noche», que explican que «pese a que se encontraba afectada por la bebida» acudió andando al domicilio y hablando con sus acompañantes.