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El Supremo confirma los 16 años de cárcel para los dos acusados de asesinar a un joven en el crimen de ‘A Esmorga’

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 16 años de cárcel impuesta a cada uno de los dos acusados de propinarle una paliza a un joven en diciembre de 2014 en la provincia de Ourense y arrojarlo vivo a un canal, lo que provocó que fuese arrastrado por la corriente y falleciese en el agua, en el conocido como crimen de ‘A Esmorga’.

Con ello, el Supremo desestima íntegramente el recurso de los dos acusados contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que, a su vez, ratificó la sentencia de un tribunal del jurado de la Audiencia de Ourense

La sentencia del Supremo considera que los recursos de los condenados parte de una «fragmentación excesiva e indebida del cuadro probatorio» y «prescinden de otras valoraciones probatorias implícitas en la respuesta», lo que desvirtúa el relato en todo el conjunto. «La motivación del veredicto es un todo que no puede artificiosamente descomponerse en sus partes ni cada respuesta del jurado puede ser entendida en modo estanco», apunta.

En particular, el TS hace referencia a que, tomados los elementos del suceso en su conjunto, es «una conclusión inductiva plenamente racional» la de que ambos condenados, «de común acuerdo decidieron dar muerte» a la víctima, que «se encontraba en un estado de gran deterioro». Para ello, lo llevaron en un vehículo «hasta un paraje propicio, donde lo arrojaron al río».

CONDENADOS POR ASESINATO CON ALEVOSÍA

Óscar E.L. y Eduardo F.L. fueron condenados a 16 años de prisión por el asesinato con alevosía de Alexandru Walter Boghio, ocurrido el diciembre de 2014.

La sentencia, revalidada ahora por el Supremo, incide en que los dos condenados estuvieron juntos el día 19 de diciembre de 2014 desde las 10,00 horas en un bar de O Carballiño con un grupo de amigos y, después en el domicilio de Eduardo. Luego, continuaron la noche de fiesta en un pub, en donde conocieron a la víctima, que estaba allí con otros amigos.

Cuando el local echó el cierre, quedaban en el local los condenados, Alexandru Walter Boghio y los amigos de los acusados. En ese momento, Eduardo F.L. y otra persona cogieron un taxi para desplazarse hasta sus respectivos domicilios, mientras que Óscar E.L., la víctima y otras personas se desplazaron en el vehículo de este acusado hasta la casa de Eduardo F.L., sin que los hubiese invitado previamente, según la sentencia.

El propietario de la casa les dejó entrar y los invitó a tomar licor café y a comer. Finalmente, se quedaron en la casa los dos acusados y la víctima que, a lo largo de la noche, según los hechos probados, y antes de ir a la casa de uno de sus asesinos, había ingerido bastantes bebidas alcohólicas y había tomado la sustancia MDMA, «estando fuertemente intoxicado».

Según la sentencia, en casa de Eduardo F.L., la víctima profirió expresiones «humillantes y vejatorias» hacia la mujer e hija del acusado Óscar E.L. y ambos llegaron a forcejear. El acusado le golpeó entonces la cabeza contra el suelo y le propinó varios puñetazos.

En ese momento, alertada por el ruido, la mujer de Eduardo, que dormía en la parte superior de la vivienda junto con sus tres hijos menores de edad, bajó a la cocina y exigió que finalizase tal situación, así como también limpió a Alexandru las heridas que tenía, consecuencia de los numerosos golpes recibidos y limpió con una manguera la sangre vertida por la víctima en el patio. También ayudó Eduardo F.L. a limpiar las heridas.

La mujer se marchó del domicilio junto con los niños sobre las 9,00 horas de la mañana del 20 de diciembre, de manera que se quedaron solos los acusados y la víctima.

LO LLEVARON EN COCHE, LO GOLPEARON Y LO ECHARON AL RÍO

Fue entonces cuando los dos condenados decidieron ejecutar el plan para acabar con la vida de Alexandru. Para ello, se lo llevaron en un coche, donde Óscar E.L. siguió golpeándole durante el trayecto hasta un paraje apartado, el canal del río Viñao, con «clara intención de tirarlo al río y causar así su muerte».

Cuando llegaron al canal, los dos acusados sacaron del vehículo a la víctima, que trató de huir, pero ya apenas sin fuerzas y los acusados, «en clara superioridad numérica y física, se lo impidieron». Óscar E.L. volvió a golpearle y lo lanzó a aguas del canal desde una altura de cuatro metros con la anuencia de Eduardo F.L.. La víctima, aún con vida, pero en mal estado, fue arrastrado por la corriente y, posteriormente, falleció en el agua con un severo traumatismo cráneo encefálico y por asfixia por inmersión.

En el momento en que estaba en el agua, continua el relato de la sentencia, Eduardo F.L. fue unos metros más adelante donde había un pequeño puente desde donde bajó al canal con el fin de intentar ayudar a la víctima, sin conseguirlo, dada la corriente. Ambos acusados, cuando cometieron los hechos delictivos, estaban bajo los efectos de una intoxicación etílica que disminuía de forma leve su capacidad de comprender los hechos cometidos y actuar conforme a ello.

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