El Juzgado de Instrucción número 4 de Vigo ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones en las que se investigaba por la supuesta comisión de un delito de desobediencia a dos hombres interceptados en la urbe en dos ocasiones mientras incumplían el confinamiento.
En el auto, contra el que cabe recurso, se ha detallado que estos varones fueron interceptados en dos ocasiones en la calle Urzáiz el día 22 de abril, así como que fueron detenidos en el segundo caso por haber incumplido el confinamiento. Además, se ha indicado que, por los mismos motivos, uno de estos hombres había sido propuesto para sanción administrativa en ocho ocasiones anteriores y, el otro, en tres.
A ese respecto, el titular del juzgado ha considerado que este comportamiento podría implicar «un incumplimiento de carácter administrativo, pero no la comisión de un delito de desobediencia» dado que «no consta que se les hubiera requerido, con carácter previo, y de forma expresa y clara, para que no estuviesen en la calle». También ha incidido en que «tampoco es constitucionalmente lícito criminalizar una infracción administrativa por el mero hecho de su repetición».
Así, el juez ha remarcado que «no se puede entender, ni siquiera de forma indiciaria» que los investigados «tuvieran la creencia de que de forma grave obstaculizaban de manera relevante el cumplimiento de la finalidad del estado de alarma».
El auto ha señalado que la comisión de un delito de desobediencia debe conllevar una «actuación terca, tenaz, contumaz o recalcitrante, de modo que obstaculice la autoridad o acción de los agentes», mientras que ha señalado que «el mero hecho de estar en la calle» no puede «catalogarse sin más como grave» en esos términos.
SITUACIÓN SOCIAL
Asimismo, ha explicado que se trata de personas que «viven en la marginalidad social» de las que una se encuentra domiciliada en una casa okupa. También se ha indicado que la otra «reside casi con toda seguridad en la calle o en una casa también ocupada de forma ilegal» ya que fue propuesta para sanción en varias ocasiones en Vigo durante el último mes.
El magistrado también ha apuntado que, dado que el día de la detención se les hizo un requerimiento expreso «de las consecuencias de un nuevo incumplimiento de la obligación de confinamiento», la repetición de esta actitud en el futuro sería una cuestión «distinta» que se debería valorar en ese momento.