El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia en la que desestima un recurso interpuesto por la sociedad Novo Hospital de Vigo –concesionaria del Álvaro Cunqueiro– contra la modificación de la ordenanza fiscal que le obliga a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
En la sentencia, el alto tribunal gallego avala el cobro de este impuesto al amparo de la actual ordenanza fiscal, que fue modificada por el gobierno local precisamente para que esta sociedad pagara esa tasa a partir de 2019 (970.000 euros anuales).
Según argumenta el TSXG, tras la modificación, la ordenanza municipal exige, para que haya exención de ese impuesto, que el centro sanitario sea público, y que el Sergas sea también sujeto pasivo del impuesto (situación que no se cumple). Además, limita la exención del IBI a centros sanitarios públicos en los que se dispense atención primaria.
El cobro del IBI del hospital vigués ya fue objeto de controversia hace unos años, cuando la sociedad concesionaria recurrió el cobro del impuesto correspondiente a 2016. En aquel momento, el TSXG falló en favor de la concesionaria ya que, según la ordenanza vigente entonces, estaba exenta del pago porque el centro es de propiedad pública (tal y como vuelve a reconocer en esta segunda sentencia).