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El Gobierno recurre la condena al Estado por no defender los intereses de la familia Couso ante Estados Unidos

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La Abogacía del Estado ha recurrido la decisión de la Audiencia Nacional de condenar al Estado a indemnizar a la familia de José Couso por no defender sus intereses frente a EEUU. El Estado había sido condenado a pagar 100.000 a la mujer y 41.000 a cada uno de los dos hijos del cámara de Telecinco muerto por disparos estadounidenses en Irak.

Los servicios jurídicos del Estado han presentado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional un anuncio de interposición de recurso de la condena que obligaba a indemnizar a la familia del cámara asesinado hace 16 años –el 8 de abril de 2003– en Bagdad cuando tropas estadounidenses abrieron fuego contra el Hotel Palestina. En ese hotel se alojaban los periodistas por indicación del Pentágono.

La sentencia, de la que fue ponente el magistrado Ignacio De la Cueva, establecía que el Estado debería indemnizar con 100.000 euros a la viuda de Couso y con 41.000 euros a cada uno de sus dos hijos, aún menores de edad cuando ocurrieron los hechos, por no haber emprendido «acciones ante otro Estado que ha incurrido en un ilícito internacional» a fin de conseguir reparación del daño causado por esa conducta.

Ahora con el anuncio del recurso, la Abogacía del Estado inicia el proceso jurídico del recurso de casación por el que primero se anuncia ante el tribunal sentenciador y a partir de ahí se dispone de un mes para formalizarlo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, ha señalado al respecto este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que la decisión de la Abogacía del Estado tendrá que ver con «cuestiones técnicas que habrán apreciado».

Además, ha resaltado que tanto el Gobierno como las formaciones políticas que lo conforman «siempre han mostrado sus solidaridad y apoyo a la familia de José Couso» y ha incidido en que, sin tener el detalle del escrito, no hay razón política detrás del recurso presentado.

EL ESTADO DEBIÓ DESENVOLVER SU ACTIVIDAD DIPLOMÁTICA

En la sentencia que condenaba al Estado español a indemnizar a los familiares del cámara, se señalaba que no se hizo «gestión alguna tendente no ya al reconocimiento de la ilicitud del ataque, sino a la reparación de sus consecuencias patrimoniales de un modo razonable». «Y ello pese a las muy numerosas peticiones que al respecto formularon diversos grupos parlamentarios», dice la sentencia.

La sentencia recurrida indicaba que se daban los requisitos para que «el Estado desenvolviera su actividad diplomática en favor de los perjudicados» y sin embargo, «se limitó a recibir y aceptar las explicaciones ofrecidas por la Administración de EEUU en el sentido de que el ataque al Hotel Palestina se encontraba justificado y el fallecimiento de Couso, un lamentable accidente».

Incide en que el ilícito internacional afectó en este caso al derecho a la vida y «si uno de los cometidos esenciales del Estado es la protección de sus nacionales, la obligación del Estado de dispensar dicha protección alcanzaría grado superlativo de acuerdo a la relevancia constitucional» de este bien jurídico de primer orden.

Pero además, la Sala entendía que la actividad que desarrollaba Couso en Irak «suponía el ejercicio de la libertad de información», tal y como recoge, recuerda, la propia Constitución: «Esta dimensión objetiva de la libertad de información militaba en favor de la dispensa de la protección diplomática como forma de protección de la indicada libertad garantizando la indemnidad de su ejercicio».

UN RECURSO, 15 AÑOS

De este modo, la Sala estimaba en enero de 2020 el recurso que presentó la familia de Couso hace 15 años, cuando recibió un silencio por respuesta tras reclamar responsabilidad patrimonial a España por no haber ‘peleado’ en su nombre con Estados Unidos para buscar justicia y reparación. Reclamaba en aquel momento 317.130,37 euros y la Abogacía del Estado se opuso.

Sin embargo, el procedimiento quedó en suspenso en el año 2008 para esperar a que recayera resolución definitiva a la causa penal que en paralelo, se había abierto y que conllevó en primer lugar definir si España era o no competente para conocer los hechos y después, mantener las pesquisas habiéndose reformado la Ley de Enjuiciamiento Criminal recortando el alcance de la jurisdicción universal.

Superados los escollos, en 2016 el Tribunal Supremo archivó finalmente el asunto, cosa que confirmaría el Constitucional el pasado mes de junio, si bien en la sentencia definió lo sucedido como un ataque no justificado que constituía un «ilícito internacional» frente al que la familia de Couso tenía nulas posibilidades efectivas de obtener una reparación razonable directamente de los tribunales estadounidenses.

Con estas premisas, la Audiencia Nacional alzó la suspensión del procedimiento contencioso administrativo el pasado mes de julio y en diciembre votó esta resolución que condenaba al Estado a indemnizar a la familia porque entendía que la muerte de Couso «presenta la apariencia de un ilícito internacional imputable a los Estados Unidos» frente al que tenía que haber brindado protección diplomática.

Sobre este asunto, la sentencia de la Audiencia Nacional explicaba que era «estéril» que la familia reclamase en la justicia estadounidense por su cuenta, pues como ya advirtió el Consejo de Estado en 1992, sus tribunales federales no tienen jurisdicción para conocer de este tipo de reclamaciones por daños causados en acciones bélicas. Por eso, este organismo consultivo consideraba «fundado el ejercicio por España de la protección diplomática ante los EEUU» en casos como el de Couso.

«INCAPACITADOS PARA BUSCAR JUSTICIA»

La sentencia de la Audiencia Nacional suponía un éxito judicial para la familia del cámara, después de 16 años litigando para tratar de traer ante la justicia a los responsables del ataque al Hotel Palestina de Bagdad. Paralelamente, los familiares ya han presentado un recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para tratar de reactivar el caso, después de haber agotado todas las vías ante los tribunales españoles, el último el Constitucional el pasado mes de junio.

El objetivo de la familia es «buscar el respaldo ante la violación de Derechos Humanos y la pérdida de protección ante las modificaciones de la legislación española», que les ha dejado, afirma, «incapacitados para buscar justicia ante el asesinato de José Couso».

Con esta reforma de la ley se refieren a la restricción de la justicia universal y lo que denuncia la familia ante el tribunal con sede en Estrasburgo es que esta circunstancia les ha «privado de la posibilidad de articular un recurso efectivo que permita la investigación y enjuiciamiento del crimen».

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