La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a cuatro años y medio de cárcel a un acusado que asumió la propiedad de las sustancias estupefacientes halladas en una vivienda/galpón y en el vehículo que conducía.
El tribunal absuelve al otro sospechoso, pues entiende que carece de pruebas concluyentes que acreditaran su conocimiento o participación en los hechos delictivos.
Las magistradas consideran que la tenencia de las drogas por parte del encausado era con ánimo de tráfico, dado el volumen y la variedad de las sustancias, y le imponen, además de la pena de prisión, una multa de 169.761 euros.
«El hallazgo de la droga en el galpón/vivienda del encausado, así como en el interior del vehículo que conducía, tanto por la variedad de sustancias intervenidas, como por su cantidad (casi 195 kilos de hachís, 8 gramos de Marihuana y aproximadamente 184 gr de cocaína pura), como por su distribución (el hachís en placas de distintos tamaños), evidencia, bien a las claras, que nos encontramos ante un supuesto de tenencia de sustancia estupefaciente directamente destinada a su venta a terceros», recoge el fallo.
La sala reconoce la circunstancia agravante de reincidencia y la atenuante analógica de confesión, ya que colaboró con la justicia al asumir la propiedad de las drogas y exculpar al otro encausado.
FALLO RECURRIBLE
En concreto, lo condena como autor de un delito contra la salud pública en su modalidad de tenencia preordenada al tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud, en concurso de normas con otro de sustancias que no causan grave daño a la salud en cantidad de notoria importancia.
La sentencia no es firme, pues es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que ha difundido el fallo.

