La Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Ourense y obliga al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a reintegrar la subvención para la rehabilitación de la Plaza de Abastos de la ciudad, de 1,4 millones de euros.
Según se recoge en la sentencia de la Sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal, la resolución del Ministerio que obligó al Ayuntamiento a devolver 1,4 millones de euros de uno de los plazos de ayuda para la reforma de la Plaza de Abastos (un segundo plazo no llegó a abonarse), es contraria a derecho y la deja sin efecto.
La Audiencia Nacional expone que es «evidente» que el Ministerio «superó el plazo de doce meses» para resolver y notificar la resolución en la que se acordaba ese reintegro de la subvención, señalando que dicha resolución «no es conforme a derecho».
Así las cosas, la sentencia ha fallado a favor de la administración municipal, encabezada por el alcalde, Gonzalo Pérez Jácome, dejando sin efecto la resolución del Ejecutivo central y condenándolo, además, al abono de las costas procesales –fijadas como máximo en 2.000 euros–.
LA SUBVENCIÓN
Tal y como se ha desgranado en la sentencia, en diciembre de 2015 el Ministerio de Fomento dictó una resolución por la cual se otorgaba al Ayuntamiento de Ourense una subvención de 3,5 millones de euros en el marco de las ayudas para actuaciones de conservación y enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español.
En base a las condiciones de la subvención, la administración local debía justificar la primera anualidad abonada –por importe de 1,1 millones de euros–, más la parte que le correspondía financiar al propio Ayuntamiento, de 641.168 euros, en un plazo de 10 meses.
Sin embargo, el Ayuntamiento no cumplió el plazo, solicitando varias prórrogas para el inicio de las obras en la Plaza de Abastos número 1 de Ourense, y otras para justificar el primer pago, obligando así al Gobierno central a demorar el pago de la segunda anualidad (un pago que finalmente no se realizó).
Tras el inicio de las obras en 2020, y tras haber solicitado varias prórrogas, la administración municipal «no cumplió con dicha obligación», remitiendo entonces el Ministerio, en enero de 2021, una propuesta de liquidación de la primera y única anualidad abonada, por importe de 1,4 millones de euros –correspondientes a la cantidad de la anualidad más intereses de demora–.
Asimismo, las certificaciones remitidas posteriormente se consideraron «fuera de plazo» al señalar que «lo preceptivo era presentarlas mensualmente» y «no de forma simultánea» y después del 7 de enero de ese mismo año –fijado como fecha límite–, por lo que se entendió como «no cumplida» la finalidad de la subvención concedida.
Por todo ello, la Secretaría de Estado resolvió que el Ayuntamiento de Ourense debía reintegrar al Tesoro Público los 1,4 millones de euros, ya que «no había procedido a justificar la cantidad total de la primera y única anualidad abonada». De este modo, inició un procedimiento de reintegro de la ayuda, el 21 de julio de 2021 y se puso fin a dicho procedimiento el 29 de julio de 2022, es decir, 12 meses y 8 días después.
Ante dicha resolución, la administración local presentó recurso declarando «cumplido» el objeto de la subvención y alegando, entre otras cosas, «caducidad del procedimiento, infracción del principio de confianza legítima, cumplimiento de la subvención y falta de competencia del órgano» que acordaba la resolución.

