La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha disminuido la pena de cárcel de cuatro años y medio a tres años a un condenado por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra por traficar con drogas en Vigo.
De esta manera, ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa del investigado.
En concreto, el TSXG entiende que concurre «una exigibilidad disminuida por la grave adicción del acusado al consumo de productos como los que son objeto del procedimiento», así como que su estado psíquico «tiene relación causal con la efectuación de los actos».
Por ello, la Sala compensa la atenuante segunda del artículo 21 -actuar a causa de su grave adicción a las sustancias — con la agravante octava del artículo 22 — reincidencia-.
Según consta en la sentencia, el acusado se dedicaba a la venta de sustancias estupefacientes. Los magistrados destacan la fiabilidad de las declaraciones prestadas por los agentes de policía que fueron testigos de los encuentros del recurrente con compradores en los que se intercambiaba cocaína y cannabis por dinero.
Además, avalan la valoración de la carga probatoria hecha por la Audiencia, que refleja «una actividad permanente de venta». La sentencia no es firme, ya que se puede recurrir ante el Tribunal Supremo.

