La Audiencia Provincial de Pontevedra ha desestimado el recurso interpuesto por la Comunidad de Montes en Man Común de Santa Mariña de Cabral, en Vigo, contra una sentencia que le negaba hacerse con un terreno en el que existen cuatro viviendas en las cercanías de Peinador.
La resolución de la Audiencia, que no es firme, se basa en otro fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que devolvió a cuatro empresas de O Gorxal sus propiedades después de que un juzgado de primera instancia decidiera que tenían que dejarlas en manos de la comunidad de montes.
Ahora la Audiencia vuelve a cuestionar, al igual que el TSXG, la validez del plano de 1891 en el que los comuneros sostienen habitualmente sus reclamaciones, explicando que el suelo urbano no puede ser monte.
En un comunicado enviado por la Plataforma Galega de Afectados por Comunidades de Montes, el abogado de la familia afectada, Jesús López, ha subrayado que la Audiencia «consolida con esta sentencia su más reciente jurisprudencia, indicando que no se puede tomar de forma acrítico planos de hace un siglo y medio si no vienen acompañados de una prueba de aprovechamiento real por las comunidades de montes».