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El TSXG acoge el 9 de junio la apelación a la condena de un hombre por asesinar a su pareja en O Birloque (A Coruña)

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acogerá el lunes 9 de junio, a las 11.00 horas, la vista de apelación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña que condenó a 23 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en O Birloque.

Esta es la fecha definitiva tras cambiarse la estipulada previamente, 17 de marzo.

En noviembre de 2024, la sección segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, de conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenó a 23 años de cárcel al hombre que, en septiembre de 2021, asesinó a su pareja en el barrio coruñés de O Birloque y después escapó a Madrid.

El acusado fue declarado culpable de un delito consumado de asesinato, con la concurrencia de las circunstancias agravantes de parentesco y de género.

Además de la pena de prisión, se le impuso la prohibición de aproximarse y de comunicarse por cualquier medio con los hijos y con el padre de la víctima durante 30 años.

El magistrado presidente del Tribunal del Jurado, de acuerdo con el veredicto, declaró probado que el varón, que mantenía desde aproximadamente el mes de julio de 2021 una relación sentimental de pareja con la víctima, mantuvo una discusión con ella durante la noche del 14 al 15 de septiembre de 2021 «motivada por la decisión de la mujer de poner fin a la relación sentimental, pidiéndole que se marchase de la casa, no aceptando este último la decisión de poner fin a la relación sentimental, diciéndole que se iba a arrepentir».

EL JURADO POPULAR VIO «PROBADOS» LOS HECHOS

Tal como recoge la sentencia, en la tarde del día 15 de septiembre de 2021, el condenado accedió a la vivienda en cuyo interior se encontraba la víctima y, «con el propósito de acabar con su vida, utilizando un cuchillo, le asestó varias puñaladas, sin que la víctima tuviera posibilidad alguna de reaccionar ni de defenderse ante el ataque, que tuvo lugar de forma sorpresiva y repentina».

El jurado popular entendió probado que actuó «con la intención de imponer su voluntad a la de la víctima, con la que había iniciado una relación de pareja unos dos meses antes, despreciando su condición de mujer».

Tras abandonar la vivienda, según la sentencia, tomó un taxi que lo llevó hasta el aeropuerto de Alvedro (A Coruña), donde compró un billete de avión con destino a Madrid, ciudad en la que fue localizado y detenido el día 16 de septiembre.

Además, el Tribunal del Jurado consideró acreditado que, aunque estaba diagnosticado de trastorno depresivo moderado y el día 15 de septiembre consumió diversas bebidas alcohólicas, «en el momento de cometer los hechos no padecía ninguna alteración en sus facultades de entendimiento y voluntad», por lo que era «plenamente consciente de sus actos».

Finalmente, el varón fue condenado a 23 años de cárcel, pese a que Fiscalía solicitaba para él 25.

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