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Tribunales.- Piden la rebaja de la pena de 41 años de prisión al condenado por el crimen de Arealonga

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La defensa de José Luis Luna Pereira, el hombre condenado a 41 años de prisión por asesinar a un joven en la noche de San Juan de 2017, en la playa de Arealonga, en Redondela (Pontevedra), ha pedido una rebaja de la pena, en la vista de apelación celebrada en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

En concreto, en declaraciones a los medios de comunicación y también ante el tribunal, ha argumentado que han existido «contradicciones» en el relato de los policías que detuvieron a su cliente.

Esta tesis la ha mantenido para rechazar la condena por tentativa de homicidio a los dos agentes. De estimarse su petición, supondría una rebaja de la pena de cinco años, según ha precisado la letrada.

Otro de los motivos expuestos ante el tribunal por esta parte ha sido que se apliquen las atenuantes que alegó también en el juicio, alteración psíquica, intoxicación etílica y cuadro de abstinencia. «Primero como eximente por lo que no tendría responsabilidad penal y, subsidiariamente, como atenuantes», ha precisado.

Tanto Fiscalía como el letrado de la acusación particular han rechazado una modificación de la sentencia. Así, éste último ha incidido en que «no quedó acreditado» en el juicio que las facultades del condenado «estuviesen alteradas».

CONDENA

Luna Pereira fue juzgado por un tribunal popular en la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, y tras el veredicto de culpabilidad, se dictó sentencia condenatoria en la que se le impusieron un total de 41 años de prisión por varios delitos.

En concreto, se le condenó por el asesinato del joven Daniel Beltrán Pinto; por una tentativa de asesinato por disparar a otro chico; un homicidio intentado contra los agentes de Policía que lo detuvieron y un delito de tenencia ilícita de armas.

El procesado fue declarado culpable por unanimidad por el jurado, que rechazó los argumentos de su defensa, y consideró acreditado que estaba en pleno uso de sus facultades cuando cometió el crimen, y que no padecía los efectos ni del alcohol ni de un síndrome de abstinencia.

Así, en la sentencia se refleja como hecho probado que José Luis Luna disparó en el pecho a Daniel Beltrán cuando éste le recriminó que estuviese orinando en la playa. También se considera acreditado que disparó contra otro chico por la espalda, aunque erró el tiro.

Del mismo modo, el tribunal consideró probado que intentó disparar a los agentes que lo detuvieron. A ese respecto, en la sentencia se recoge que el acusado no atendió a las indicaciones de los policías, que le pidieron que se parase y enseñase las manos, y concluye que su intención, al meter la mano en la bandolera que portaba, era sacar el arma y disparar.

Además de las penas de privación de libertad, en concepto de responsabilidad civil, la Audiencia Provincial condenó a José Luis Luna a indemnizar a los padres y hermanos de Daniel Beltrán en la suma de 286.000 euros.

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