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Aprobadas ayudas por la contaminación por pellets en Galicia y por el incendio forestal de Trabada

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El Gobierno ha aprobado este martes ayudas para los afectados por el vertido de pélets frente a las costas de Portugal que afectó a las costas de Galicia, Asturias y Cantabria en los primeros días de enero de 2024, así como para el incendio forestal de Trabada (Lugo) en el que quedaron calcinadas más de 2.300 hectáreas.

Estas ayudas están incluidas en la aprobación, a propuesta del Ministerio del Interior, de las zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC) al que ha dado luz verde este martes el Consejo de Ministros.

Se trata, pues, de emergencias que afectan a episodios catastróficos, que provocaron daños personales, en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como daños en masas forestales, cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas de tal magnitud que justifican la aprobación de ayudas estatales basadas en el principio de solidaridad interterritorial y con carácter subsidiario y complementario a las actuaciones que, en ejercicio de sus competencias, tienen encomendadas las administraciones territoriales.

INCENDIO DE VALENCIA

Entre los episodios incluidos en el acuerdo del Consejo de Ministros está el incendio ocurrido el pasado 22 de febrero en un complejo residencial de 138 viviendas del barrio de Campanar de València, que dejó un balance provisional de 10 fallecidos y 15 heridos, con el inmueble completamente arrasado.

Ante este incendio, la Generalitat Valenciana activó el Plan Territorial de Emergencia en situación operativa 2 y solicitó a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior la activación de la Unidad Militar de Emergencias (UME) para colaborar con los trabajos de extinción y soporte a las víctimas.

Además, el acuerdo incluye otros 57 episodios catastróficos de distinta naturaleza comunicados al Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (CENEM) de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias desde el pasado 25 de septiembre de 2023.

OTROS EVENTOS

Entre ellos destacan las inundaciones de enero de 2024 que afectaron a la Castilla y León, los 46 incendios forestales contabilizados en esa comunidad autónoma y en las de Galicia, Andalucía, Asturias, Illes Balears y Comunidad Valenciana.

De manera excepcional, se ha incluido también las inundaciones sufridas en La Rioja el 21 de junio de 2023 para subsanar un error administrativo que impidió su declaración como zona afectada por una emergencia de protección civil con anterioridad.

Otras riadas recogidas son las registradas en Soria a principios de noviembre de 2023, cuando la borrasca ‘Ciarán’ dejó importantes precipitaciones y daños provocados por fuertes rachas de viento, o las que a mediados de enero de 2024 la borrasca ‘Juan’ provocó en amplias zonas de la vertiente atlántica que se acumularon a las precipitaciones registradas apenas dos días antes debido al paso de la borrasca ‘Irene’, con especial incidencia en Castilla y León, donde hubo importantes impactos en las comunicaciones, sobre todo por carretera, y desbordamiento de ríos.

46 INCENDIOS FORESTALES Y OTRAS AYUDAS DIRECTAS Y DE AYUDA

También se han incluido 46 incendios forestales ocurridos en la Comunitat Valenciana (40), en Castilla y León (2), en Galicia (1), en Andalucía (1), en Asturias (1) y en Illes Balears. Por su magnitud, destacan los incendios de Arcos de Jalón (Soria), Trabada (Lugo) y Montitxelvo (Valencia/Alicante).

La declaración de ZAEPC ha tenido en cuenta también dos sucesos en los que se produjo la activación de una situación operativa por riesgo químico. El primero se produjo por un incendio en una empresa de productos químicos en el municipio valenciano de Potríes, que obligó a evacuar y confinar varios edificios cercanos por prevención, así como al corte una carretera en varios tramos. El segundo se debió al incendio originado en una planta de residuos industriales en As Somozas (A Coruña).

Por otro lado, la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, recoge una relación abierta de medidas y ayudas que, cuando se produzca una emergencia cuya magnitud requiera para su recuperación la intervención de la Administración General del Estado, pueden aplicarse sin necesidad de disponer de una evaluación de daños, a la vista de la información disponible, en aquellos casos en lo que es manifiesto que los afectados han padecido y, en buena medida, siguen padeciendo los efectos de los fenómenos adversos considerados.

Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente (18.000 euros), ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad, con coste límite de 2.580 euros; ayudas por destrucción total de la vivienda habitual (coste máximo de daños de 15.120 euros), ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual (el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros) y ayudas por otros daños en la vivienda habitual (50% de daños, con un máximo de 5.160 euros).

Otras ayudas contemplan las ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios (50% de daños, con un máximo de 9.224 euros), ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes (importe total de los gastos), ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos (hasta 9.224 euros) y ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables (entre el 50% y el 100%, según los casos).

El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros también abre la posibilidad de adoptar otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas.

En este punto, contempla beneficios fiscales ya que el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales; y medidas laborales y de Seguridad Social pues los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.

Por último, contempla ayudas a las corporaciones locales ya que el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, por un importe de hasta el 50%, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales; y daños en infraestructuras públicas y de dominio público pues los restantes ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras, para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.

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