El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, avalando la tesis del Juzgado de lo Social nº1 de Lugo, ha declarado improcedente el despido de una trabajadora temporal de una cocina adscrita a la Consellería de Educación. El caso fue llevado a los tribunales por CC.OO., que alegó que la mujer había encadenado contratos temporales de manera abusiva, de tal manera «que había adquirido la condición de indefinida».
La Federación de Enseñanza de CCOO explica que la trabajadora había sido contratada en 2020 mediante un contrato temporal de relevo. A lo largo de la relación laboral, aducen, «se produjeron sucesivas modificaciones de la causa de la contratación, hasta que en mayo del 2025 se le comunicó el cese».
El sindicato impugnó la decisión, alegando que la contratación temporal se había prolongado «de manera irregular» y que, por lo tanto, «la relación laboral ya tenía carácter indefinido», logrando una primera sentencia favorable en septiembre de ese año.
La sentencia de primera instancia analizó la sucesión de contratos y anexos «y concluyó que se incumplieron las normas aplicables a la contratación temporal», señala CC.OO. En concreto, la última modificación contractual, realizada en 2021, «vinculaba el relevo a una excedencia para el cuidado de familiares». El juzgado señala que esta situación tenía una duración máxima de dos años -según el convenio-, «por lo que mantener la contratación más allá de ese período representó un abuso o fraude en la contratación temporal», indica CC.OO..
La Xunta recurrió la decisión de primera instancia, pero el TSXG desestimó el recurso y confirmó la improcedencia del despido, añadiendo que, en el momento de su cese, la persona a la que sustituía la demandante ya tenía concedida una nueva excedencia con reserva del puesto de trabajo.

