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Juzgan este miércoles a un hombre por publicar una foto de una mujer desnuda en redes sociales sin permiso

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El Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo juzga este miércoles a un hombre que difundió en su muro de su perfil de la red social Facebook una imagen de una mujer desnuda y un texto despectivo.

Concretamente, el acusado publicó la foto el 2 de febrero de 2021, una imagen que había sido remitida voluntariamente pero la cual no se autorizó a publicar. Además, agregó el texto «después estaba la prea esta que vino de Canarias (a) enderezar plátanos a Lugo».

En su escrito, el Ministerio Fiscal sostiene que el acusado «menoscabó gravemente la intimidad» de la víctima y le causó un perjuicio moral por esta publicación. Así, califica los hechos como constitutivos de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, por lo que procede imponer una pena de un año de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

Además, la Fiscalía pide que se imponga la prohibición al acusado de acercarse a menos de 300 metros y de comunicarse con la víctima por cualquier medio o procedimiento, durante el plazo de tres años.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la denunciante en la suma de 3.000 euros, más los intereses legales correspondientes, así como deberá proceder «a la inmediata retirada de la imagen publicada sin su consentimiento, bajo apercibimiento expreso de que de no verificarlo incurriría en un delito de desobediencia».

Además, pidió que se identificase al amigo de la pareja de la denunciante que le informó de los hechos y que le pasó la foto publicada por el acusado, para que acuda en calidad de testigo.

COACCIONES A SU MUJER

Por otro lado, el jueves 23 de febrero se juzga a otro hombre para el que el Ministerio Fiscal pide diez meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y privación de tenencia y porte de armas durante dos años por coaccionar a su mujer.

Además, se pide imponer la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima y de comunicarse con ella, de forma oral o escrita o persona interpuesta, durante dos años.

En su escrito, Fiscalía recoge que, desde una hora indeterminada del 7 de octubre de 2019 hasta las 14,30 horas del día 9 de ese mismo mes y año, el acusado «con ánimo de impedir que su esposa» pudiese salir del domicilio común donde convivía con su pareja (una tercera persona), «le impidió en varias ocasiones hacer uso del teléfono móvil y, cada vez que intentaba salir, la apartaba de la puerta».

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