El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta a prohibir las reuniones entre no convivientes, en espacios públicos y privados, entre las 3,00 y las 6,00 horas, desde las 00,00 horas del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y hasta las 00,00 horas del 18 de enero.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo también permite a la Xunta ampliar a todo el horario de apertura el requisito de presentar el certificado de vacunación de prueba diagnóstica negativa de covid-19 para acceder al interior de los establecimientos hosteleros.
Los jueces del alto tribunal gallego entienden que la adopción de estas medidas está justificada por el «relevante riesgo» de transmisión del virus que existe en Galicia.
(Habrá ampliación)