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Sousa pide al Supremo anular la condena por manipular las cuentas de Pescanova para captar inversores

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El expresidente de Pescanova Manuel Fernández de Sousa-Faro ha interpuesto un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que solicita anular la condena de ocho años de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional el pasado mes de octubre por manipular las cuentas de Pescanova para captar inversores.

En concreto, Fernández de Sousa-Faro solicita su absolución al considerar que existen errores y que las pruebas aportadas en el caso son «claramente insuficientes».

«Las supuestas pruebas que la sentencia ponen sobre la mesa para tratar de justificar su conclusión condenatoria son, a nuestro juicio, claramente insuficientes para justificar tal condena», señala el recurso de casación interpuesto por el exdirectivo de la compañía, al que ha tenido acceso Europa Press.

Así, entre otros aspectos, los letrados de Fernández de Sousa-Faro consideran, desde una perspectiva objetiva, que se está en presencia de un conjunto de prácticas de financiación «perfectamente legales», teniendo en cuenta que la sentencia de la Audiencia Nacional no declara la nulidad de estas operaciones, «acordadas de común acuerdo con la banca, cuando no inspiradas directamente por ella», prácticas que, según señalan, beneficiaron tanto a Pescanova como a los propios bancos, «que durante años cobraron ingentes cantidades en intereses y comisiones».

«No hubo engaño a los bancos, que no solicitaron ni una factura, ni un conocimiento de embarque, ni un albarán, porque eran conscientes de la finalidad financiera de la operativa. No hubo perjuicio para los bancos, que se lucraron durante años con los costes financieros de estas operaciones. No hubo falsedad contable, por más que hoy podamos concluir que los estados financieros de Pescanova se elaboraron de forma incorrecta: no había contabilidad paralela o inoficial», señala el recurso.

En este sentido, según indica, todo estaba en la contabilidad de Pescanova y sus filiales y fue contabilizado según la propia naturaleza de las operaciones pactadas con los bancos (esto es, como operaciones comerciales y no financieras) «de manera tal vez errónea, pero conforme a su clausulado, y todo fue expuesto y sometido abiertamente al control de BDO Auditores, que avaló año tras año el buen hacer de los servicios administrativos y contables de Pescanova, siempre sin salvedades».

Asimismo, los abogados del expresidente de Pescanova afirman en el recurso que ninguno de los empleados de Pescanova falsificó contratos, facturas, letras o pagarés. «No existe en toda la causa ni un solo caso de una firma falsa, estampada por quien no fuera su autor real, como tampoco hay ni un solo caso de falsificación material de contratos o facturas, utilizando membretes, firmas o sellos de empresas que no participaban en las operaciones. Nunca se hizo tal cosa», señalan.

Ante la falta de pruebas y la existencia de errores en la sentencia condenatoria, el expresidente de Pescanova pide al Supremo que resuelva dictar nueva sentencia conforme a Derecho por vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia y que se rectifiquen los errores, se le absuelva de los delitos de falsedad documental, de estafa y de alzamiento de bienes, al no tipificar los hechos probados que se le atribuyen.

Asmismo, solicita que se declare la existencia de las atenuantes de confesión, disminución del daño, estado de necesidad y dilaciones indebidas, rebajando la pena que correspondería imponerle en dos grados, o en defecto en un solo.

La Audiencia Nacional condenó el pasado mes de octubre a ocho años de cárcel al expresidente de Pescanova y a penas que iban de los seis meses a los tres años y medio de prisión para otros once acusados de la excúpula de la compañía por las prácticas irregulares que pusieron en marcha con el fin de obtener financiación bancaria para la empresa y por manipular las cuentas de la entidad para poder captar inversores que acabaron perdiendo su dinero.

En la sentencia, los magistrados de la Sección Cuarta de lo Penal absolvieron a siete de los 19 acusados y condenaron a los otros doce a penas sensiblemente inferiores a las solicitadas por las acusaciones, al entender que los delitos de falsedad en documento mercantil, estafa, falseamiento de cuentas anuales y falseamiento de información económica y financiera se cometieron en concurso medial y no pueden ser penados de manera independiente.

Además de las personas físicas, la Audiencia Nacional condenó, entre otras, a las personas jurídicas Pescanova SA y a BDO Auditores a penas de multa y a satisfacer diferentes cantidades en concepto de responsabilidad civil que, en algunos casos, llegaron a los más de 51 millones de euros por las cantidades que acabaron perdiendo algunos de los inversores.

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