El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena la condena a 30 años y 4 meses de prisión a César Adrio Otero, como autor del asesinato de su expareja, Ana Enjamio, ocurrido en Vigo en la madrugada del 16 al 17 de diciembre de 2016.
El acusado había sido condenado como autor de un delito de asesinato con alevosía y enseñamiento por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, que también contempló las agravantes de género y de parentesco, a la pena de 25 años de prisión.
Además, lo consideró responsable de un delito de acoso, concurriendo la agravante de parentesco, a la pena de 20 meses de cárcel; y de un delito de vulneración de la intimidad, con la agravante de parentesco, a tres años y ocho meses de prisión.
Adicionalmente, la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal gallego ha concluido que la agravante de discriminación por razón de género debe aplicarse también a los delitos de acoso y contra la intimidad, aunque no ha modificado la pena la pena fijada por el presidente del Tribunal del Jurado en su mitad superior.
En la sentencia de apelación, ha señalado que la conducta del acusado desde la finalización de su relación con la víctima hasta el fallecimiento de la misma muestra su «intención de dejarle clara su superioridad sobre ella». Así, el tribunal ha remarcado «la conducta de hostigamiento reflejada en múltiples actos declarados probados por el jurado», que ha relacionado con «ese sentimiento de superioridad del hombre sobre la mujer».
En concreto, la defensa del hombre había solicitado en la vista de apelación en la Sala de lo Civil y Penal del TSXG su absolución por una «defectuosa valoración procesal» y por la «vulneración de derechos fundamentales».