La Xunta de Galicia ha afirmado que el Ayuntamiento de Vigo puede realizar las «modificaciones necesarias» en su planeamiento urbanístico y municipal para ejecutar las obras de construcción de un pabellón deportivo en Matamá sin necesidad de aplicar la normativa de proyectos de urgencia o especial interés, la ley 3/2016.
Así se ha pronunciado después de que el alcalde, Abel Caballero, demandase al Ejecutivo autonómico gallego que aplicase esta legislación para poder acometer la obra. Mediante un comunicado, el Gobierno gallego ha recordado que se dirigió al Consello Consultivo en 2018 para conocer si un proyecto de interés público que no se ajuste al planeamiento vigente puede justificar la aplicación de la ley 3/2016.
Así, ha recalcado que el órgano concluyó que el plan general de ordenación municipal (PGOM) debe ser formulado por el Ayuntamiento al que corresponda. De este modo, indicó que, si un proyecto no se ajusta al planeamiento urbanístico, el gobierno local «puede» y «debe» promover la modificación del PGOM «sin que sea imprescindible» emplear «las facultades excepcionales previstas en la ley 3/2016».
Asimismo, el Consello Consultivo consideró que los ayuntamientos quedan excluidos de la «legitimación activa» para promover proyectos mediante la normativa de urgencia o especial interés. De hecho, ha remarcado que admitir la legitimación activa de un municipio conllevaría que este «tuviese que informar dos veces un mismo proyecto propio». Una de ellas correspondería a la fase de aprobación para remitirlo al Consello de la Xunta y, la segunda, a la fase de informe preceptivo y vinculante sobre el mismo proyecto.