El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado la inadmisión del recurso contencioso-electoral interpuesto por el BNG contra el acta de proclamación de electos de 5 de junio de 2023 formalizada por la Junta Electoral de Zona de Monforte de Lemos, en relación con el Ayuntamiento de A Pobra do Brollón.
Los nacionalistas denunciaron que al copiar las actas y elevarlas a la junta electoral se atribuyó un concejal de más al PSOE en detrimento de su formación, que en todo caso obtuvo mayoría absoluta con 5 ediles.
Sin embargo, la sección primera de la Sala de lo contencioso-administrativo concluye en la sentencia que la formación política acudió a la vía jurisdiccional «sin haber agotado la vía administrativa previa», en las posibilidades de presentar quejas de forma anterior.
La resolución es firme, por no caber contra ella recurso contencioso alguno, ordinario ni extraordinario, pero sí se puede pedir aclaración y no prejuzga la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
En la resolución, los magistrados explican que la causa de impugnación es la disconformidad con el resultado del escrutinio general formalizado por la Junta Electoral de Zona (JEZ), ya que señala la existencia de un error que hizo variar el número de concejales atribuidos a dos de las formaciones polítias, el BNG y PSOE.
AGOTAR LAS ACTUACIONES PREVIAS
El alto tribunal gallego recuerda que, con carácter previo al recurso contencioso-electoral contra la proclamación de electos, «se articulan una serie de instrumentos de revisión ante las juntas electorales (en las elecciones locales, ante la Junta Electoral de Zona; y, posteriormente, ante la Junta Electoral Central), que constituyen un requisito previo al control jurisdiccional».
Además, recalca que, si no se agota previamente esa vía administrativa, el recurso es inadmisible, tal y como ha sucedido en este caso.