La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado una denuncia del alcalde de Dodro en funciones, Francisco Xabier Castro (PSOE), por el uso por el Partido Popular de un local municipal para realizar campaña al margen de la distribución de espacios gratuitos hecha por la Junta electoral de Zona.* La JEC ha desestimado la solicitud de revisión de oficio y recuerda que ya desestimó el recurso interpuesto por el PSOE contra la decisión de la junta electoral de Santiago que desestimaba esta denuncia.* En concreto, considera que la solicitud debe desestimarse ya que tanto la Junta Electoral de Santiago como la provincial de A Coruña hicieron aplicación de la doctrina reiterada de la JEC en la materia, presupuesto necesario para cualquier revisión de oficio como la instada.
Así, señala que los locales públicos que los ayuntamientos ofrecen de forma gratuita a las formaciones electorales para realizar campaña deben ser distribuidos por la correspondiente Junta Electoral de Zona, sin que pueda realizarse un uso al margen de esa distribución, salvo que se trate de una contratación comercial, y en este caso, respetando la igualdad de oportunidades a todas las candidaturas.
Los ayuntamientos no pueden ceder locales al margen de esa distribución por las JuntasElectorales de Zona. Si ofrecieran nuevos locales deberán comunicarlo a la Junta Electoral de Zonapara que sea ésta quien los reparta. Eso fue lo que declararon las Juntas Electorales afectadas, sin queen consecuencia se haya producida ninguna transgresión ni de la legislación electoral ni de la doctrinade la Junta Electoral Central.
Por todo ello debe rechazarse la solicitud de revisión de oficio realizada.