El Diario Oficial de Galicia (DOG) y el Boletín Oficial del Estado (BOE) publican este sábado, una vez comunicado al Rey Felipe VI y a La Moncloa, la renuncia del líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, como presidente de Galicia. Previamente, este viernes, había formalizado su dimisión con la entrega de un escrito al jefe del Legislativo gallego, Miguel Santalices.
Como siguiente paso legal, los boletines oficiales gallego y estatal publican el real decreto en el que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.2 del Estatuto de Autonomía, se declara su cese a petición propia. El decreto, que suscribe el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se cierra con el habitual agradecimiento a «los servicios prestados».
Tras formalizar su renuncia en el Parlamento y mantener una reunión extraordinaria del Consello de la Xunta, Feijóo leyó este viernes una declaración institucional en la que trasladó a los gallegos su decisión y reivindicó que deja una «Galicia cordial» marcada por «la unidad» y la «moderación».
Asimismo, dejó un mensaje con el que justifica su marcha para liderar el PP estatal: «No puedo compartir que en España es imposible lo que sí fue posible en Galicia».
Todo ello lo expresó en un acto que, audenominándose como «discípulo de Galicia», culminó con un saludo especial al que será su sucesor institucional y en el PPdeG: su número dos en la Xunta, el vicepresidente primero, ahora en funciones, Alfonso Rueda.
15 DÍAS EN FUNCIONES
Tras el paso dado por Feijóo, tanto él como su Gobierno quedan en funciones hasta que tome posesión su sucesor, lo que ocurrirá, una vez zanjados la investidura y los trámites parlamentarios previos en el Pazo do Hórreo, a mediados de mayo.
Hasta que Rueda tome posesión de su cargo y nombre a su Gobierno, el actual Gabinete seguirá en funciones, con sus actividades y decisiones limitadas y ajustándose a la Ley de transparencia y buen gobierno impulsada en el año 2016.
La norma establece que el Gobierno deberá limitar su gestión al despacho de asuntos ordinarios, evitando adoptar medidas que condicionen aquellas que deba definir el Gobierno que lo sustituya.
NO PODRÁ ADQUIRIR COMPROMISOS DE GASTO
Además, durante su permanencia en funciones y excepto casos de urgencia o cuando existan razones motivadas que lo justifiquen, no podrá, entre otras cuestiones, enviar proyectos de ley al Parlamento, autorizar convenios, adquirir compromisos de gasto que no tengan la consideración de gasto corriente o aprobar convocatorias de pruebas de acceso o de provisión de puestos de trabajo para cualquier categoría de empleados públicos.
Tampoco podrá adjudicar contratos que tengan vigencia plurianual y, en todo caso, aquellos cuya estimación económica supere la cuantía de 150.000 euros.