La reforma de la ley hipotecaria hecha por el gobierno de José María Aznar en 1998 permitió a la Iglesia inmatricular lugares de culto, así pudo acceder a la propiedad de templos y lugares anexos que hasta aquel momento estaban en una clase de limbo legal. Esto trajo consigo que en algunos lugares los vecinos y vecinas, los ayuntamientos y asociaciones ciudadanas, reclamaran ante los tribunales la declaración de dominio público para algunas de estas propiedades. Algunos casos se resolvieron a favor de los demandantes, otros quedaron en manos de la Iglesia con sentencia a favor.
El caso es que en 2014 se anuncia otra reforma de la ley hipotecaria que retira ciertos privilegios que tenían los obispos desde 1946. El Estado, anunciada la reforma, le había dado un año a las autoridades eclesiásticas para catalogar y reunir toda la información y datos sobre sus posesiones. Dicha información está en manos del Gobierno, y las estimaciones apuntan a que el número de elementos que componen este catálogo de propiedades está entre los 30.000 y 40.000. Sin embargo, se debe reconocer que son aún datos especulativos. Hasta la apertura de estos documentos, no se sabrá hasta donde llega la capacidad patrimonial de la Iglesia.
PRIMEROS PASOS
En 2007 salta el escándalo. La Iglesia inmatricula (hizo constar como propiedad suya) bienes de interés cultural en Andalucía, como la Mezquita de Córdoba o la Giralda de Sevilla. Además se descubre que también se inmatricularan viñedos y otro tipo de terrenos rústicos y no rústicos. Al ser bienes de dominio público, las protestas llegaron al Gobierno central.
Todo esto venía ya de lejos. En 1946 el régimen franquista decide resarcir a la Iglesia por las “pérdidas” derivadas de la “nacionalización de bienes llevada a cabo por el Gobierno de Niceto Alcalá Zamora en 1931”, como explicaba el Grupo Común da Esquerda (antes En Marea) en una interpelación de 12 de noviembre de 2018.
Ese resarcimento se hace mediante una ley hipotecaria que otorgó poder a los obispos, semejantes a los de un notario. Simplemente tenía que presentar un certificado con su sello y firma para reclamar una determinada propiedad. Quedaban fuera los lugares de culto que finalmente pudieron ser inmatriculados con la reforma de la ley hipotecaria de 1998. “Esto hace que se pongan a nombre de la iglesia miles de propiedades pagando 30 euros que es lo que vale cada inscripción” dice Gómez.
“Desconocemos el número de inmatriculaciones hechas por la Iglesia. Existe un listado que tanto el ejecutivo de Rajoy como el de Sánchez se comprometieron a publicar por mandado del Congreso de los Diputados” dice Antonio Gómez de la asociación Europa Laica. “Estarían inmatriculados 40.000 bienes aprovechando la reforma de la ley hipotecaria hecha durante el gobierno de Aznar, y de ese total, calculamos que 18.000 bienes pueden ser templos, el resto no sabemos qué pueden ser”.
“Nuestro objetivo es buscar la nulidad de las inmatriculacones hechas, además de que los templos que tengan interés histórico y artístico pasen a ser del Estado” declara Gómez, que apunta además “es un escándalo porque esto no ocurre en ningún otro lugar del mundo, que el patrimonio histórico artístico esté en manos de la Iglesia”.
En 1979 se firmaron los llamados Concordatos entre España y la Santa Sede (Vaticano). Se reformaban así algunos puntos de los anteriores acuerdos entre el Estado español y el Papado. ¿Existe relación entre estos Concordatos y la inmatriculación de bienes? “No tiene nada que ver” declara Antonio Gómez.
No obstante, en la web de la Conferencia Episcopal Española podemos leer que “los Acuerdos de 1979 establecen, para las instituciones de la Iglesia en sentido estricto, una lista cerrada de bienes inmuebles con exención de Contribución Urbana, hoy IBI. Se trata de las parroquias, sus locales y la curia Diocesana, Seminarios y Universidades de disciplinas eclesiásticas, así como las casas parroquiales, residencia del Obispo y los edificios destinados la residencia de Órdenes y Congregaciones religiosas”. Quedaban fuera las viviendas particulares de los curas.
Por otra parte, la Iglesia recurre también a la ley de mecenazgo apuntando que “en su artículo 15.1. que estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las Haciendas Locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades”. Resumiendo “las entidades no lucrativas y también la Iglesia están exentas de pago de IBI de aquellos bienes donde se realizan las actividades enunciadas anteriormente”.
INICIATIVAS EN GALICIA
Desde el Parlamento de Galicia hubo varias interpelaciones tanto al gobierno autonómico como al central para abrir al público toda la información relativa a las propiedades de la Iglesia. Así, Luis Bará del BNG, había presentado una iniciativa parlamentaria para “hacer públicas las inmatriculaciones realizadas por la Iglesia entre 1946 y 1998”.
“También pedimos que la Xunta de Galicia creara una oficina para saber qué personas pudieran estar perjudicadas por esas inmatriculaciones” dice Bará. Los y las perjudicadas pueden ser tanto personas individuales como “comunidades vecinales y ayuntamientos y particulares”. Sin embargo, Bará no es muy optimista porque “el PP no hará nada que moleste mínimamente a la Iglesia. El PSOE también navega ahí con cautela, no quiere meterse”. Preguntado por qué el PSOE no querría entrar de lleno en este asunto, Bará apunta que parlamentarios socialistas le habían comentado que “hay que ir con cuidado para no tener problemas jurídicos, no quieren que se agite el gallinero”.
Preguntado también el diputado del BNG por qué no se dan a conocer los datos recogidos sobre propiedades eclesiásticas, responde que “no les interesa, porque pondría a cielo abierto todas las trampas, ilegalidades e irregularidades que se hicieron al amparo de estas modificaciones legales”. Si se abrieran todos los expedientes, las reclamaciones serían miles. “Hay ciertos sectores del Estado que son conniventes y protegen los intereses de la Iglesia, que tiene todo tipo de privilegios a pesar de que somos un estado laico”.
Otro dato que llama la atención son las restauraciones de bienes con dinero público y donde la Iglesia cobra por el acceso al templo o parte del mismo. Como la “maniobra de la Catedral Santiago, aparte de la propiedad del templo, se hicieron obras de restauración con fondos del Estado, de la Xunta de Galicia y aportaciones de fundaciones privadas” dice Bará. “Eso tendría que ser de acceso libre o gratuito por ser un bien de interés cultural de dominio público”.
MULTA Y ACUSACIÓN DE PRIVILEGIOS
En 2014 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos multaba a España con 600.000 euros por no salvaguardar los derechos de igualdad y seguridad jurídica. Según Europa Laica esta sentencia “denunciaba el trato de favor de la Iglesia por parte de la ley española”.
Por otra parte, en la misma interpelación presentada por el Grupo Común da Esquerda, se estimaba que desde 1998 la Iglesia “inscribió a su nombre unos 4.500 bienes inmuebles de diversa índole” . En el mismo documento indican que “a pesar de la impresionante cifra, apenas es el 10% de las propiedades inscritas por los obispos desde los años 40. Entonces, ¿por qué el PSOE se centra solo en las apropiaciones posteriores a 1998?”
La pregunta va en relación a la iniciativa de reclamar información sobre propiedades eclesiásticas, y que instaba al Gobierno a solicitar al Colegio de Registradores de la Propiedad “una relación de todas las inmatriculaciones llevadas cabo por la vía del artículo 2006 de la Ley Hipotecaria, que fue derogado por la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria, desde 1998 hasta la citada derogación”. Quedarían fuera casi cincuenta años de apropiaciones para el patrimonio de la Iglesia.
El PSdeG-PSOE acusó al presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo de mantener privilegios para la Iglesia con la intención de que “les perdonen el pecado original de la corrupción del PP”. La diputada socialista, Patricia Vilán hacía constar estas palabras luego que Feijóo declarara en el acto de conmemoración del XXV aniversario del Consello de Contas y en sede parlamentaria, donde “aludió a la corrupción como una característica propia del género humano en referencia a la manzana de Adán y Eva”.
Vilán añadía además que la Iglesia no tendría que haber sido tratada como una institución pública sino privada. Señaló así que “ahí están la asignación tributaria del 0,7 por ciento del IRPF, las excepciones y bonificaciones fiscales como el IBI, y hasta que punto la Iglesia, si pretende seguir siendo beneficiaria de dinero público, tiene que someterse al principio de transparencia y de control por parte del Consello de Contas”.
Las conclusiones de momento son que para tener una idea de lo qué es o no es propiedad de la Iglesia, se debe ir caso por caso. Eso, si el Gobierno central que salga de las elecciones del 10 N se decide a hacer públicas las propiedades inmatriculadas por los obispos y demás funcionarios eclesiásticos. Por otra parte, la reclamación de ciertos inmuebles como iglesias o catedrales para ser bienes públicos, tendría sentido al no saberse, en muchos casos desde hace cientos de años, quién sería o no el propietario.