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Publicada la ley que permitirá excepcionalmente el pago en metálico para la deducción por libros y material escolar

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este lunes la ley que establece una medida excepcional de carácter fiscal para permitir, únicamente durante el ejercicio 2025, que los contribuyentes puedan aplicar la deducción por la compra de libros de texto y material escolar aunque el pago se haya realizado en metálico.

Esta norma modifica la Ley 5/2025 de medidas fiscales y administrativas, la cual estipulaba originalmente que solo serían válidos los pagos realizados mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o plataformas de pago electrónico.

La Xunta justifica esta excepción debido a que la norma original fue publicada a finales de 2025 y con el fin de no perjudicar a las familias que realizaron entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de ese año el pago en dinero de curso legal desconociendo «que no se iba a admitir como medio válido para acreditarlo».

CONTROL CONTRA EL FRAUDE

Pese a esta medida puntual, la exposición de motivos de la ley recalca que los beneficios fiscales «no son simples reducciones de impuestos» y han de administrarse con «responsabilidad, transparencia y evaluación constante».

En este sentido, el texto defiende que la exigencia de medios de pago trazables es una herramienta «coherente con la normativa fiscal antifraude», ya que permite verificar la realidad de las transacciones, reducir el riesgo de facturas falsas o simuladas, facilitar la comprobación administrativa y evitar la utilización instrumental del beneficio fiscal.

La norma recuerda que Galicia ya aplica esta restricción de pagos en metálico en otros beneficios fiscales, como las deducciones por inversión en energías renovables, obras de mejora de eficiencia energética o la reducción por donaciones destinadas a paliar daños por incendios forestales.

Con todo, esta nueva ley, firmada por el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, surte efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025 para cubrir el periodo impositivo correspondiente.

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