El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por Stellantis y ha declarado la firmeza de la sentencia que anuló la paga de beneficios de la planta viguesa, al considerarla contraria a derecho por sus condiciones discriminatorias.
El acuerdo de retribución de la paga variable o paga de beneficios fue firmado por la empresa y por los sindicatos CC.OO., UGT y SIT en la planta de Vigo, pero la CUT lo denunció ante los tribunales, al considerar que se discriminaba a los trabajadores que estaban en situación de baja, a quienes se le reducía esa prima.
Un juzgado de lo Social de Vigo estimó parcialmente el recurso interpuesto por la CUT y declaró contrario a derecho ese acuerdo de retribución, en una resolución que afectó no solo a la fábrica de Vigo sino a todas las plantas de España.
Aunque la sentencia fue recurrida, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) la confirmó, y señaló que la resolución de instancia no era contraria al Estatuto de los Trabajadores ni a la jurisprudencia.
Stellantis interpuso entonces recurso de casación para la unificación de doctrina y ahora, el Tribunal Supremo, en una providencia del pasado 27 de mayo, ha acordado inadmitir dicho recurso. Así, el TS aprecia causas de inadmisión y expone, entre otras cuestiones, que en la sentencia recurrida se ejercita una acción de carácter colectivo, mientras que la acción ejercitada en la sentencia de contraste tiene carácter individual. El Supremo acuerda, por tanto, inadmitir el recurso y declara la firmeza de la sentencia.
El sindicato CUT ha criticado que la empresa ha dilatado el proceso todo lo que ha podido, «perjudicando aún más a las personas discriminadas». «Metió las manos en nuestros bolsillos con el beneplácito de la mayoría sindical. Agora tienen que devolver el dinero retirado ilegalmente de la paga», han concluido.

