El Tribunal Supremo (TS) ha avalado un fallo de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que anula la orden de la Xunta de 2019 de confección de nóminas, de forma que reconoce el derecho a cobrar el complemento de carrera a todo el personal que cumpla con requisitos de años de servicio y formación, sin exigir funcionarización.
En el fallo, con fecha de 30 de marzo de 2022, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acuerda la inadmisión a trámite del recurso de la Xunta porque ya se pronunció en otras ocasiones con atención a lo que en enero de este año ya había sentenciado el TSXG.
El fallo del TSXG atendía un recurso de la CIG y decidía anular todos los preceptos de la orden que fueron impugnados por contrarios al ordenamiento jurídico. La Sala entendía que esta orden vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación del personal laboral de la Xunta al impedir participar en el sistema de carrera profesional, privándole de su derecho a la promoción profesional.
La orden impugnada excluía del acceso al grado I del sistema de carrera al personal laboral fijo que no presentase la solicitud de funcionarización o no superase el proceso.
DOS MESES PARA EJECUTAR LA SENTENCIA
En un comunicado, la CIG señala que la Xunta tiene ahora dos meses para ejecutar la sentencia e incluir a todo el personal que cumpla los requisitos, sea funcionario de carrera o personal interino o laboral, en el ámbito subjetivo del primer grado extraordinario.
Aunque algunos empleados han comenzado a cobrar, «incluidos los retrasos», porque las sentencias individuales fueron más adelantadas, este pronunciamiento sirve «ya con carácter general para quien cumpla los requisitos que ya se habían establecido para el personal funcionario de carrera».
La CIG-Administración Autonómica se muestra dispuesta a negociar con Función Pública las modificaciones necesarias para dar este derecho a quien hasta ahora se le había denegado. «No olvidamos tampoco que la Xunta suspendió unilateralmente el derecho al cobro del grado II, por lo que no vamos a admitir que se negocie una cosa sin poner en marcha la otra», sostiene el sindicato. Urge a «que se pongan a trabajar y se sienten a negociar sin agotar el plazo que obligue a solicitar la ejecución de sentencia».