El Defensor del Pueblo ha asegurado que las criptomonedas son un «nuevo problema» que se ha puesto de manifiesto durante 2021 y que ha recibido quejas de ciudadanos que han invertido sus ahorros atraídos por las fuertes revalorizaciones, aunque han acabado «perdiendo todo lo invertido».
En su informe anual, el Defensor del Pueblo ha informado a estos ciudadanos de que en España no se ha aprobado, por el momento, ninguna norma sobre criptomonedas. «Por tanto, las empresas o plataformas de intercambio de criptomonedas no se encuentran reguladas en el ordenamiento jurídico, no están sujetas a ningún sistema de supervisión pública, ni se acogen a sistemas de garantía de depósitos», ha señalado el órgano, cuyo titular es Ángel Gabilondo.
Así, se les ha remitido, para mayor información, un comunicado conjunto sobre este asunto, enviado el 8 de febrero de 2018, por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España.
De hecho, este pasado jueves, 17 de marzo, las autoridades europeas de supervisión del sistema financiero (EBA, ESMA e Eiopa) emitieron un comunicado en el que advertían de que los criptoactivos no son adecuados como inversión ni como medio de pago para la mayoría de consumidores minoristas.
Además, alertaban de los riesgos que entrañan estas inversiones, incluyendo los derivados de la publicidad engañosa que puede realizarse a través de las redes sociales y por los ‘influencers’.
SERVICIOS DE RECLAMACIONES
Por otro lado, el informe apunta a la «escasa efectividad» de los servicios de reclamaciones del Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, una situación «recurrente» en sus informes.
Así, afirma que estos servicios de reclamaciones no consiguen, con el modelo actual, ejercer una protección efectiva de los derechos de los consumidores. Por ello, ya en el año 2014, se inició una actuación de oficio ante el entonces Ministerio de Economía y Competitividad, al que se le dirigió una recomendación para que estableciese un sistema con mayor capacidad de resolución fructuosa de estas reclamaciones.
Actualmente, se sigue trabajando en esta recomendación con la creación de la Autoridad de Protección del Cliente Financiero, cuyo anteproyecto de ley está previsto que se publique este mes de marzo, según anunció en febrero la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.
Asimismo, el organismo recoge las actuaciones ante la dificultad de ciudadanos extranjeros para abrir o mantener cuentas bancarias a su nombre, concretamente, las de pago básicas.
En este sentido, ha expresado su preocupación especial por que la denegación a la solicitud de apertura de una cuenta de pago básica «se realice de forma únicamente oral y sin la menor motivación». «También llama la atención el hecho de que las denegaciones se presenten como decisiones particulares de cada oficina, pese a que los patrones observados apuntan a criterios más generales de algunas entidades», agrega.
Tras dirigirse al Banco de España y al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), las actuaciones del Defensor del Pueblo en este asunto prosiguen con la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, al que el organismo ha dado traslado de los problemas detectados en dicho asunto.
El Defensor también ha recibido en 2021 «numerosas» quejas sobre el cobro de comisiones por parte de las entidades bancarias que, «en general, no pueden ser admitidas, dado que recaen sobre relaciones jurídico-privadas».
Igualmente, la inscripción en los registros de impagados –los conocidos como registros de morosos– por diversos motivos, es otro de los problemas que traslada la ciudadanía en sus quejas al Defensor del Pueblo, si bien el organismo recuerda que también tiene una naturaleza jurídico-privada.
Por otro lado, el Defensor del Pueblo señala que en 2021, el presidente de Anvifa (Agrupación Nacional de Víctimas de la Intervención de Fórum y Afinsa), compareció ante el organismo, señalando que en su día la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo aprobó una moción para que se buscaran vías para resarcir a los afectados por los daños y perjuicios ocasionados en el caso de Fórum Filatélico y Afinsa.
Sin embargo, tras varias actuaciones, el Defensor del Pueblo ha indicado que la administración concursal «no es un organismo dependiente» de ninguna administración pública, sino que es un órgano colegiado nombrado por el juez para, entre otras funciones, representar a los deudores en los procedimientos concursales.
«Por tanto, su actuación no es directamente imputable a una Administración pública, lo que constituye un requisito para la intervención del Defensor del Pueblo», agrega.
Además, recuerda que la postura de la Administración española en este asunto «es que la justicia española y la Comisión Europea coinciden en que la actividad de estas empresas debe considerarse mercantil, y no de inversión financiera».
Al tiempo, la Administración española considera que los interesados han podido ejercitar su derecho a la tutela judicial efectiva, lo que ha supuesto numerosas sentencias del Tribunal Supremo, «que no han resultado favorables a las pretensiones de estas personas».
SEGUROS
Además, de las quejas por la demora en resolver las reclamaciones sobre seguros por parte del servicio de reclamaciones de la DirecciónGeneral de Seguros y Fondos de Pensiones, el Defensor del Pueblo recoge la reunión celebrada con el Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros donde se trató lo que el consejo percibe como «un aumento de las malas prácticas bancarias en la comercialización de seguros vinculados a hipotecas y créditos al consumo, y la aparente inacción de las administraciones».
En este sentido, el organismo señala que ha solicitado información sobre los aspectos señalados a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. En concreto, sobre si ese organismo tiene conocimiento de los problemas aludidos y de las actuaciones que, en su caso, esté realizando al respecto. «Al cierre de este informe no se había recibido respuesta», añade.
Por último, afirma que es «un problema recurrente» la disconformidad de los ciudadanos con la indemnización ofrecida o denegada por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños sufridos en riesgos que tienen la consideración de extraordinarios.