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Una sentencia establece que, con tres años en una vacante, un empleado público debe ser reconocido indefinido no fijo

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Afapna ha informado de una sentencia del juzgado de lo social número 4 de Pamplona por la que se nombra laboral indefinido no fijo a un empleado público de la Administración en Navarra y que «establece por primera vez que, con tres años en la misma vacante, una persona debe ser nombrada ya laboral indefinido no fijo».

El sindicato ha destacado que, hasta ahora, otras sentencias que había ganado, «establecían una temporalidad distinta, llegando hasta los 10 años para el reconocimiento de laboral indefinida no fija». Así, considera que esta nueva sentencia «marca un hito que con tres años es tiempo suficiente para dicho reconocimiento, amparándose en la doctrina del Tribunal Supremo donde se reiteró dicha temporalidad».

Ha resaltado, además, que «la propia juez habla del Decreto Foral donde esa vacante debería haber salido a Oferta Pública de Empleo». «De esta forma, esta sentencia se acoge a dos hechos, tanto en la doctrina del Supremo como en la normativa foral», ha añadido en un comunicado.

Afapna ha afirmado que la sentencia es «demoledora en su argumentación» al señalar que «los procesos selectivos no deberán durar más de tres años a contar desde la suscripción del contrato de interinidad, de suerte que si así sucediera estaríamos en presencia de una duración injustificadamente larga».

El sindicato ha instado a Función Pública a que «se paralicen todas las convocatorias de Oferta Pública de Empleo hasta que se modifique, de una vez por todas, el sistema de acceso, previsto para el mes de octubre, y evitar así tanto el fraude de ley en la contratación como estas situaciones tan perjudiciales tanto para la Administración como para el personal empleado público».

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