Un auto de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional sostiene, en cuanto a la intervención del FROB relativa a las cajas de ahorro gallegas, que «la única razón» por la que tuvo que actuar «fue por la situación económico-financiera en la que se encontraba, en 2010, Caixa Galicia, antes de que se produjera la fusión».
Y añade que «Caixanova nunca habría sido intervenida si no se hubiera visto obligada a fusionarse con Caixa Galicia, dando lugar a NovaCaixaGalicia».
El FROB (fondo de reestructuración ordenada bancaria) fue la herramienta a través de la cual se gestionaron procesos de resolución de entidades financieras que implicaron la concesión de miles de millones de euros en ayudas públicas.
En el auto del pasado 1 de octubre, el magistrado Julio de Diego López, ponente del fallo, se inhibe a favor de la Audiencia Provincial de Pontevedra en relación con una operación de inversión, denominada Marina Atlántica, en la que participaba la antigua entidad financiera Caixanova, en Cangas (Pontevedra) en el año 2006.
En uno de los cuatro folios, se pronuncia en cuanto al «supuesto perjuicio» sufrido por Caixanova por esa operación, de en torno a 45 millones de euros, para aseverar que esto «no produjo ningún tipo de situación de riesgo para la viabilidad de la extinta caja, al corresponderse con un 4% de los recursos propios de la entidad».
Esa cuantía «no produjo riesgo» para Caixanova «y, por tanto, mucho menos para la economía nacional», según el juez, que, a continuación, se refiere a la intervención del FROB para afirmar que «la única razón por la que el FROB intervino fue por la situación económico-financiera en la que se encontraba, en 2010, Caixa Galicia, antes de que se produjera la fusión». «Caixanova nunca habría sido intervenida si no se hubiera visto obligada a fusionarse con Caixa Galicia, dando lugar a NovaCaixaGalicia», resuelve.
PUERTO DEPORTIVO Y URBANIZACIÓN DE LUGO
La sala de lo penal se inhibe sobre lo denunciado al respecto de este plan que tenía como objeto la construcción de un puerto deportivo y de una urbanización de lujo en Cangas do Morrazo (Pontevedra), en unos terrenos de uso industrial situados en O Salgueirón, ya que «los hechos objeto de acusación se habrían cometido, íntegra e indiscutiblemente, en Pontevedra».
Al respecto, recuerda que la Audiencia Nacional conocerá de las «defraudaciones y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que produzcan o puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia».
Destaca, así, que «no concurren las causas de excepcionalidad expresamente previstas por la ley para justificar» su competencia, pues «no hay afectación de la economía nacional» y tampoco existe «relación de causalidad» entre la operación Marina Atlántica y la intervención del FROB, «la cual se produjo en 2010, cuatro años y medio después de aprobarse la referida operación de inversión en el proyecto de Marina Atlántica».
Tampoco existe, según indica, «relación temporal alguna: el rescate está desconectado temporalmente de la repetida operación, la que no fue el origen del rescate, ni el rescate fue consecuencia de la operación de Marina Atlántica, sino que está vinculado a factores del todo ajenos».
El ponente recuerda que la sede principal de Caixanova siempre estuvo ubicada en Vigo y concluye que la competencia, «tanto objetiva como territorial», es atribuible a la Audiencia Provincial de Pontevedra, de ahí que se inhiba «por ser esta la competente para el conocimiento de la presente causa».