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La Xunta recurrirá al TS la anulación del parque eólico de Campelo, pues otros con «la misma casuística» no se suspenden

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La Xunta recurrirá al Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en la que anula la autorización administrativa previa y de construcción de un parque eólico ubicado entre los municipios coruñeses de Coristanco y Santa Comba, denominado Campelo, ante la «indebida fragmentación» del mismo.

A preguntas de la prensa este viernes, el vicepresidente primero de la Xunta, Francisco Conde, señala que cree necesario «aclarar» por parte del Supremo la situación legal, puesto que «hay unos parques que están siendo suspendidos temporalmente, hay otros que no sobre la misma casuística».

«Las sentencias que se han emitido por parte del Tribunal Superior están estableciendo una serie de cuestiones en las cuales, desde la Xunta de Galicia, entendemos que hay que aclarar, seguramente esto tendrá que ser sometido al Tribunal Supremo», ha afirmado.

«Hay aspectos desde el punto de vista de la tramitación los cuales no entendemos», asegura, ya que «la Xunta de Galicia está actuando conforme a normativa». «Creo en ese sentido que la única valoración es que vamos trasladar nuestra posición», a la vez que garantiza que se van a «acatar las diferentes sentencias que se vayan estableciendo con los diferentes parques».

INCUMPLIMIENTO DE 30 DÍAS DE EXPOSICIÓN PÚBLICA

En la sentencia, los jueces explican que la ley ordena que tanto el proyecto de ejecución como el estudio de impacto ambiental tienen que ser sometidos conjuntamente a un trámite de información pública durante un plazo de treinta días.

En este caso, sin embargo, la Xunta acordó en 2018 declararlo de interés especial, «con los efectos de tramitarlo de forma prioritaria y con reducción de los plazos en la instrucción del procedimiento de autorización administrativa previa y de construcción, así como del procedimiento de evaluación ambiental y del proyecto sectorial a la mitad», pese a que la normativa europea recoge que tiene que ser de mínimo 30 días.

Sobre esta cuestión, Conde subraya que: «Lo que estamos haciendo es tramitar ya todos los parques cumpliendo ya con esos 30 días de exposición pública, es un supuesto que ya no se va a dar en los diferentes parques que se están tramitando».

«Estos parques ya estaban autorizados y no había posibilidad desde el punto de vista administrativo de volver a exponer en esos 30 días», explica sobre lo ocurrido en el caso del parque entre Coristanco y Santa Comba.

En su sentencia, los magistrados también anulan la declaración de utilidad pública, así como de compatibilidad con diversos aprovechamientos mineros y forestales del proyecto, promovido por Greenalia.

De esta forma, el alto tribunal gallego ha estimado el recurso presentado por la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega) y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica contra el acuerdo del Consello de la Xunta de 18 de noviembre de 2021 por el cual se concedió la autorización al parque.

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