La Fiscalía y la plataforma de afectados han recurrido el archivo de las actuaciones respecto a los cargos del Sergas –Félix Rubial y Carolina González-Criado (quienes entonces eran director de Asistencia Sanitaria y subdirectora de Farmacia)– investigados como presuntos responsables de delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y prevaricación por el supuesto retraso de tratamientos a pacientes con Hepatitis C decretado por el Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago.
Según ha informado a Europa Press el abogado de la plataforma de afectados, Pedro Trepat, ha presentado un recurso de reforma ante el juzgado instructor porque «existen indicios más que suficientes» sobre que «el retraso en la aprobación del medicamento fue debido a motivos presupuestarios».
Al respecto, en el recurso defiende que «en fase de instrucción no es necesario un prueba», sino «indicios» que, a su juicio, «existen suficientes», ha insistido, para recordar que «la ley dice indicios de criminalidad».
El letrado ha avanzado que en caso de que este recurso de reforma sea desestimado por el juzgado, presentará recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.
Por su parte, la Fiscalía ha interpuesto ante la Audiencia Provincial recurso de apelación contra el auto del pasado 25 de noviembre del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago por el que acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones abiertas por el llamado caso de la Hepatitis C.
A juicio del Ministerio Público, han manifestado a Europa Press fuentes de la Fiscalía, «la actuación de los investigados ha de ser valorada en el acto de juicio oral con todas las garantías para las partes», y por lo tanto, tal valoración «no debe de ser anticipada por el juez instructor, por corresponderle la misma al órgano de enjuiciamiento».
Por ello, la Fiscalía solicita de la Audiencia Provincial de A Coruña que «deje sin efecto el auto impugnado» y «abra procedimiento abreviado contra los investigados».
AUTO DE ARCHIVO
«No podemos afirmar que la muerte de los pacientes sea imputable causalmente a los investigados», se indicó el auto judicial, en el que se analizan los distintos casos de pacientes denunciados y cómo se tramitaron cada uno de ellos.
De hecho, en uno de los casos se incide en que la segunda solicitud que se presentó, «ya cumpliendo con los requisitos exigidos», fue tramitada «diligentemente» por González-Criado que, tras remitirla a los expertos integrantes de la subcomisión de la Hepatitis C, ésta emite resolución favorable en fecha 1 de diciembre de 2014, «menos de un mes» desde que la petición tuvo entrada en la Subdirección de Farmacia.
El auto alude también a un escrito posterior de ampliación de denuncia formulado por la Plataforma de Afectados pola Hepatite C y se incide en que ninguno de los pacientes en cuestión fallecieron. «Pero es que si examinamos los expedientes relativos a estos tres pacientes (…) se descarta cualquier posible actuación dilatoria o negligente por parte de los investigados», remarca.
Estudiados todos los casos, el juez Andrés Lago Louro concluye que «no existen indicios» de que el fallecimiento esté motivado «por la desidia o imprudencia de los investigados» que –añade– se limitan, «dentro de su ámbito competencial», a actuar «con la debida celeridad y diligencia» en la tramitación de tales peticiones de tratamiento médico.
Agrega que ambos cargos carecían «de capacidad para decidir la contratación» de los medicamentos en cuestión «sin previamente obtener el informe o dictamen favorable» de los especialistas integrantes en la Subcomisión de la Hepatitis C, que realmente eran los encargados de «verificar que cada paciente en concreto reunía los requisitos exigidos» para optar a los tratamientos antivirales.