La representación legal de los Franco estudia ya el recurso ante el Tribunal Supremo contra el fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña que ratifica que el pazo de Meirás es propiedad del Estado, según ha confirmado a Europa Press su letrado, Luis Felipe Utrera-Molina.
Además, ha cifrado en un importe «sensiblemente superior a 800.000 euros» la indemnización que correspondería a sus clientes solo por «la reconstrucción» del inmueble, de no prosperar sus tesis sobre la propiedad del mismo, pero sí la que debe el Estado abonarles gastos.
Y es que, frente a la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña, la de la Audiencia Provincial de A Coruña rechaza «mala fe» por parte de los herederos del dictador y les reconoce el derecho a una indemnización y ser resarcidos por los gastos en que los incurrieron desde 1975, lo que incluye tanto los de mejora como conservación.
Sobre la cuantía de esta indemnización, el letrado admite que es «difícil» hacer una estimación en estos momentos. «Pero teniendo en cuenta que la sentencia reconoce el derecho de mis clientes a ser indemnizados con los gastos necesarios y también con los útiles, no sólo habría que reembolsarles el coste de la reconstrucción que es sensiblemente superior a 800.000 euros».
«Sino también reembolsarles con todos los gastos útiles y necesarios desde 1975 hasta 2020, impuestos incluidos, lo que elevaría dicha cifra de forma muy considerable», apunta.
«CONTRADICCIONES» DEL FALLO
Con todo, recalca que sus clientes «siguen confiando en que finalmente la Justicia les dará la razón por lo que ese escenario sólo habrá que afrontarlo en el caso de que el actual pronunciamiento respecto a la propiedad del pazo deviniera firme».
Preguntado si recurrirán el fallo de la Audiencia de A Coruña, confirma que están estudiando el recurso de casación ante el Tribunal Supremo. «La sentencia incurre en serias contradicciones en sus valoraciones jurídicas respecto a la usucapión, que consideramos nos abren la puerta de la casación», indica en referencia al término legal respecto al modo de adquirir la propiedad tras haber sido poseedor por un tiempo determinado.
No obstante, sobre la sentencia de la Audiencia Provincial destaca que «corrige de forma contundente gran parte de los errores gruesos de la sentencia de primera instancia, reconociendo por ejemplo que la intención de todos en el año 1938 era regalarle el pazo a Francisco Franco y no a la Jefatura del Estado».
«La expresión ‘El Estado no nació en Galicia, ni siquiera en sentido figurado’, en referencia al pergamino de la donación, es bastante significativa y constituye una enmienda a la totalidad a las tesis de la Abogacía del Estado y la Xunta, que la jueza Canales –dice sobre la titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña– había acogido de forma sorprendente», argumenta el abogado.
«BUENA FE» DE SUS CLIENTES
Por otra parte, indica que «reconoce también que nuestro derecho admite la desafectación tácita, lo que ha sido negado hasta la saciedad por la Abogacía del Estado pese a la jurisprudencia existente sobre la materia».
«Y considera acreditado que mis clientes han poseído de forma pública, pacífica, ininterrumpida y de buena fe el pazo de Meirás desde que este dejase de estar afecto al servicio público». «Lo que resulta clave de cara al reconocimiento de la propiedad de mis representados sobre el inmueble», sostiene también en el análisis del fallo.