La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo que presentó la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia a de Galicia (TSJG) que desestimó su solicitud de manifestación en Vigo para mañana 1 de mayo. Se trataba de una marcha a celebrar en coche por la ciudad, con una única persona por vehículo.
En su auto, el TC considera que no se dan las circunstancias que permitan el ejercicio del derecho de reunión por la situación de pandemia. La relación entre el derecho a la vida y el de reunión exige una ponderación por la que, ante la falta de las garantías de seguridad en una situación de máximo contagio, ha de primar el primer derecho.