InicioActualidadAbsuelto un exjefe de planta de El Corte Inglés acusado de acoso,...

Absuelto un exjefe de planta de El Corte Inglés acusado de acoso, aunque hizo proposiciones sexuales y tocamientos

Publicada el


El Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago ha absuelto a un exjefe de planta de El Corte Inglés de la ciudad de los delitos de acoso sexual, abusos sexuales y acoso laboral de los que estaba acusado, aunque reconoce que realizó proposiciones sexuales no deseadas y tocamientos a una empleada.

Según recoge la sentencia, el juez considera probado que, entre 2012 y 2016, en el lugar y horario de trabajo, el sospechoso «con cierta frecuencia», dirigió a la denunciante «comentarios relativos a su físico o forma de vestir» y que le mostró «algunos vídeos o fotos jocosos de contenido sexual».

Excepcionalmente, según el fallo, le tocó la cintura o las piernas por encima de la ropa «de forma fugaz y cauta, sin aproximarse a zonas erógenas» y le realizó insinuaciones y proposiciones de carácter sexual. Estas conductas, sin embargo, se enmarcan dentro del ámbito de protección propio del ordenamiento laboral, no dentro de la tipificación del acoso sexual y laboral del Código Penal, según consta en la sentencia.

El juez subraya que «la pura solicitud de favores de naturaleza sexual en el ámbito laboral no es delictiva», pues esa petición debe tener una consecuencia que provoque a la víctima «una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante».

Ese factor, según explica el juez, permite «deslindar el auténtico acoso sexual del ataque contra la libertad sexual, que por realizado en un determinado contexto (laboral o docente) no se eleva, automáticamente, a la categoría de acoso». En este caso, según el juez «no existe prueba concluyente de presión laboral excesiva sobre la denunciante ni de trato discriminatorio».

«No basta que la solicitud sitúe a la víctima en un contexto sexual no deseado o no querido, sino que ha de generar un contexto que objetivamente sea gravemente irrespetuoso con su dignidad, honor o intimidad o un contexto gravemente hostil», recalca el magistrado, quien concluye que la denunciante no era objeto de una conducta del acusado frente a los demás compañeros «tan brutal, cruel, humillante u hostil susceptible de ser calificada de una intensidad lesiva para la dignidad humana suficiente para su encuadre en el acoso moral penal».

últimas noticias

Más de un centenar de personas protestan en A Toxa por la asistencia del ex primer ministro israelí Ehud Olmert al Foro

Más de un centenar de personas, convocados por la Coordinadora Galega de Solidaridade con...

Escribano (Indra) alerta sobre la necesidad de reforzar la conciencia de invertir en defensa

El presidente de Indra, Ángel Escribano, ha alertado este sábado de la necesidad de...

Rueda mantiene un encuentro con el embajador de Reino Unido centrado en el impulso al turismo y relaciones comerciales

El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, se ha reunido, en el marco del...

El equipo de drones de Axega colabora en la búsqueda de un octogenario desaparecido en Ortigueira (A Coruña)

La unidad de drones de la Axencia Galega de Emerxencias (AXEGA) colabora desde la...

MÁS NOTICIAS

Más de un centenar de personas protestan en A Toxa por la asistencia del ex primer ministro israelí Ehud Olmert al Foro

Más de un centenar de personas, convocados por la Coordinadora Galega de Solidaridade con...

Varios municipios gallegos se suman a la lectura de los nombres de los más de 18.000 niños asesinados en Gaza por Israel

Varias localidades gallegas, entre ellas A Coruña, Ferrol y Cangas do Morrazo, han organizado...

La Xunta y la Organización Médica Colegial acuerdan colaborar para incentivar la formación en competencias digitales

La Xunta y la Organización Médica Colegial colaborarán para incentivar la formación en competencias...