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El alcalde de Verín reitera su intención de renovar candidatura, a la espera de que el TS se pronuncie sobre su condena

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El regidor del municipio ourensano de Verín, Gerardo Seoane, ha reiterado su intención de renovar su candidatura a la Alcaldía, a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre su condena por un delito contra la ordenación del territorio.

En concreto, la Audiencia Provincial de Ourense condenó al regidor socialista a dos años de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio, absolviéndolo del delito de prevaricación urbanística que le atribuía también Fiscalía. Frente a dicha sentencia, el alcalde presentó recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que confirmó la resolución íntegramente, procediendo entonces a presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo, a la espera de resolución.

En este sentido, Gerardo Seoane ha reducido el asunto a una cuestión principal, explicando que la Ley de Ordenación del territorio «dice que la obra nunca podrá ser autorizable», mientras que la resolución judicial apunta a que «nunca podrá ser autorizada».

«Son dos cosas distintas. Esta obra ya está autorizada. Cuenta con la autorización de Patrimonio», ha indicado, apuntando además que, según la ley, «ya no es necesario» pedir dicha autorización y recalcando que el Supremo debe pronunciarse sobre ambas cuestiones.

RENOVAR CANDIDATURA

Así las cosas, el regidor ha reiterado su intención de renovar su candidatura a la Alcaldía en el municipio, incidiendo en que socialistas cuentan con una oferta «muy potente» y «renovada del todo».

«En principio, yo sí repetiré, porque hay una serie de cuestiones que fueron llevadas de forma muy personal y son muy difíciles de trasladar», ha añadido, enumerando entre ellas planes especiales o la licitación de fondos.

En este sentido, según confirmaban a Europa Press fuentes del TSXG, independientemente de que el Supremo avale la tesis del regidor u opte por secundar la condena impuesta por la Audiencia Provincial y ratificada por el alto tribunal gallego, la ejecución de la sentencia se llevará a cabo cuando la misma sea firme.

Por ello, las penas impuestas, incluida la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo, que impide al condenado presentarse como candidato en cualquier proceso electoral, no se aplicarán mientras la resolución no sea firme.

LOS HECHOS

Tal y como se recoge en la sentencia, el regidor acordó realizar en el entorno de la Iglesia de San Bartolomé obras de demolición y levantado del firme de hormigón existente en el tramo de la calle, saneamiento y soterramiento de las redes de suministro eléctrico y alumbrado público, o la introducción de arquetas y canalizaciones.

Un entorno que constituye un «bien inventariado» recogido en el PGOM del Ayuntamiento de Verín de 2012 y en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Galicia, algo que requiere «preceptiva autorización» de la Consellería de Cultura, así como la presentación de un «proyecto técnico elaborado por técnico competente».

En esta línea, durante la realización de las obras, el 20 de febrero de 2019 un técnico del Servicio de Gestión Cultural de la Xunta visitó las mismas y emitió un informe en el que pedía al Ayuntamiento de Verín que las «paralizara cautelarmente» por no contar con el informe de Patrimonio, y ordenó, además, la presentación del proyecto.

La Consellería de Cultura solicitó entonces a la Policía Autonómica que enviase a Gerardo Seoane la notificación del informe, el 28 de febrero de 2019, pero este continuó con las obras «a sabiendas de la ilegalidad de las mismas».

CONDENA

En concreto, el fallo del alto tribunal gallego alega que «el delito no desaparece por intentar regularizar lo actuado, haciendo legal lo radicalmente ilegal», al tiempo que también reitera que no ve en los hechos un delito de prevaricación urbanística, como reclamaba el Ministerio Público.

La sentencia confirmada en su totalidad le impone al regidor una multa de 2.500 euros y lo inhabilita durante un año para el ejercicio de la actividad de promotor de obras, al considerar probado que el alcalde de Verín, arquitecto de profesión, promovió la realización de las obras sin presentar el correspondiente proyecto técnico.

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