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El Ayuntamiento de Lugo deberá indemnizar con 65.000 euros a seis trabajadoras y anuncia que recurrirá la sentencia

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El Ayuntamiento de Lugo deberá indemnizar a seis trabajadoras del área de Servicios Sociales por vulneración del derecho a la igualdad tras la reducción del complemento de productividad correspondiente al pasado año. Así se indica en la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, que, eso sí, considera que no hubo acoso laboral.

Cinco de las seis demandantes deberán percibir 10.000 euros cada una, mientras que la sexta recibirá 15.000 euros debido a la especial repercusión de los hechos en su integridad moral, al haber acreditado un trastorno de ansiedad. Por su parte, el Ayuntamiento ha anunciado que recurrirá la sentencia.

Esta demanda por parte de las trabajadoras se remonta al año 2025, cuando las seis recibieron una disminución del complemento salarial, tanto en comparación con sus compañeras como en relación a lo que cobraron en años anteriores.

Esto se producía, según la denuncia, después de que presentaran una queja interna por acoso laboral por parte de la concejala Olga López Racamonde, recientemente fallecida, y a la jefa de servicio. Posteriormente, también interpusieron una denuncia judicial por vulneración de derechos fundamentales.

En su demanda, las trabajadoras solicitaban que se pusiera fin a cualquier conducta de acoso, que se declarase la vulneración de sus derechos fundamentales y que se les concediera una indemnización de 30.000 euros a cada una por los perjuicios sufridos y por incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales.

Sin embargo, tras analizar las pruebas y los testimonios aportados en el juicio, el magistrado no aprecia la existencia de acoso pues «dichas circunstancias no acaecen o, por lo menos, no en la manera que se pueda considerar vulnerado ningún derecho fundamental, vistos los hechos probados. Esto supone no apreciar la situación de acoso denunciada basada en la infracción de la prevención de las normas de riesgos laborales».

Por otra parte, sí dice que se produjo una situación de «acoso indirecto al lanzar un mensaje encubierto de que cualquier discrepancia o situación de tensión puede derivar en una merma de las retribuciones». Sí cree que el conflicto laboral derivó posteriormente en una vulneración del derecho a la igualdad.

El juez considera que las reclamaciones de las trabajadoras, relacionadas con la organización del trabajo, la sobrecarga laboral o los protocolos de citación y cobertura de bajas, forman parte de la dinámica habitual en una estructura laboral, si bien entiende que estas discrepancias deberían canalizarse por vías internas y no necesariamente mediante procedimientos judiciales.

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