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El Congreso retoma mañana la ley para regular alquileres de temporada de los socios de izquierda

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El Congreso retomará este martes la tramitación parlamentaria de la proposición de ley impulsada por Sumar, ERC, Bildu, Podemos y BNG para regular los alquileres de temporada y de habitaciones y evitar que estos se escapen de las directrices de la Ley de Vivienda.

La Cámara Baja tomó en consideración la proposición de ley en diciembre de 2024, las enmiendas se presentaron en mayo de este año, pero no ha sido hasta ahora que se ha convocado la reunión de la ponencia que empezará a discutirlas.

El largo tiempo de espera para tramitar este proyecto provocó fricciones entre el PSOE y sus socios parlamentarios de izquierda, que en reiteradas ocasiones han instado a los socialistas a acelerar la tramitación del texto. De hecho, tanto ERC como Sumar han hecho público su malestar por la dilación de los plazos.

Casi doce meses después de su admisión a trámite, la Cámara Baja ha decidido reactivarla y desde el Ministerio de Vivienda lo han celebrado subrayando que la regulación de los alquileres de temporada y de habitaciones «es imprescindible» para atajar el fraude que se está cometiendo con este tipo de alojamiento en toda España, especialmente en las grandes ciudades. La propia ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha estado a los distintos grupos del Congreso a trabajar «para alcanzar un acuerdo».

REFORMA DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

La norma que se examinará en ponencia consiste en una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos para equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual y así desincentivar su uso, más si cabe en zonas que se declaran tensionadas para rebajar los precios.

Por otra parte, se crea la obligación por parte del arrendador de justificar la necesidad de temporalidad y, por tanto, de probarla en unos términos equivalentes a lo que estipula la legislación laboral.

El contrato de temporada no podrá exceder de nueve meses, con el objetivo de que coincida con los tiempos del curso económico. Siempre que la duración exceda de nueve meses o se encadenen más de dos contratos consecutivos, se entenderá celebrado como un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, y le serán de aplicación todos los preceptos previstos para dichos contratos, incluido el plazo mínimo y las prórrogas previstas.

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