La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia en la que desestima los recursos interpuestos por tres acusados, un hombre y dos mujeres, por un delito de tráfico de drogas, y ha confirmado las condenas que la Audiencia Provincial de Pontevedra les impuso.
Así, el tribunal provincial condenó, en una sentencia de marzo pasado, a 5 años y 3 meses de cárcel y multa de 4.935 euros al hombre; y a 3 años y medio de prisión y multa de 20.000 euros a cada una de las dos mujeres procesadas.
El TSXG considera acreditados los hechos por los que fueron condenados. El hombre se dedicaba a la distribución de cocaína, que conseguía en el domicilio de una de las acusadas. Según los investigadores, el acusado acudía a la vivienda de la mujer, que la dejaba la droga preparada en un alpendre anexo a su casa.
A su vez, esa mujer se abastecía de la otra mujer acusada, cuyas huellas dactilares aparecieron en los paquetes de droga intervenidos en el alpendre.
Los condenados recurrieron, pero el alto tribunal gallego ha desestimado sus argumentos, señalando que existe prueba suficiente para su condena: las huellas en la parte exterior de los envoltorios de cocaína, la incautación de drogas y dinero, así como de una báscula y de una máquina contadora de dinero en un domicilio.
La sentencia del TSXG no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.