El juzgado de lo Social número 4 de Lugo ha condenado a la empresa Salzillo Seguridad, responsable de la seguridad del hospital Lucus Augusti, en Lugo, a abonar las diferencias salariales derivadas del periodo que estuvo de baja por enfermedad común un trabajador, lo que supone más de 2.800 euros.
Este fallo, con fecha de 29 de abril de 2024, da la razón a la reclamación formulada por el demandante a través de CSIF, lo que obliga a la empresa a abonar las cantidades pendientes, toda vez que esta ha reconocido la categoría profesional del empleado y su vinculación contractual con la compañía, así como la jornada laboral desempeñada.
Los servicios jurídicos de CSIF Lugo celebran «una nueva sentencia favorable a los derechos de sus defendidos». En concreto, se trata de un vigilante de seguridad del hospital que ejerce sus funciones desde el 1 de julio de 2018, a jornada completa y con contrato indefinido.
El fallo, que es firme y no cabe interponer recurso, establece la obligatoriedad de abonar las diferencias salariales durante todo el periodo de la incapacidad temporal, comprendido entre mayo de 2022 y febrero de 2023. La empresa no abonó el importe íntegro de la cotización a la Seguridad Social que le correspondía al demandante.