InicioActualidadArchivada la pieza de la Pokémon que investigó si hubo "enchufes" en...

Archivada la pieza de la Pokémon que investigó si hubo «enchufes» en Vendex de cargos municipales en A Coruña

Publicada el


El juzgado de instrucción número 7 de A Coruña ha decretado el sobreseimiento provisional y archivo de la pieza separada de la macrocausa denominada ‘Operación Pokémon’ en la que se había investigado si hubo «enchufes» vinculados a cargos municipales de A Coruña y a la empresa Vendex, adjudicataria de contratos locales.

Concretamente, se trata de la pieza 26 de las 33 en las que se dividió la macrocausa y que fue repartida a este juzgado por auto de 15 de diciembre de 2021. En ella, se remitieron varios informes, las declaraciones de 11 personas investigadas, entre ellas cargos políticos como Julio Flores (PP), y dos declaraciones testificales.

«Una vez analizada la documental aportada y las restantes diligencias de instrucción, esta instructora comparte integramente el informe emitido por el Ministerio Fiscal y, por tanto, debe decretarse el sobreseimiento provisional de la causa», señala el auto, al que ha tenido acceso Europa Press.

En el auto de inhibición, señala el presente auto, se recoge «una descripción muy genérica del objeto del procedimiento y tampoco recoge de manera minimamente individualizada la concreta imputación que se dirigía contra cada uno de los investigados».

Para «conocer los hechos» por los que se sigue el procedimiento, el juzgado de instrucción coruñés se remitió a las diligencias previas 335/2014 y al auto de 20 de enero de 2020, en el que «se identificó al Grupo Vendex como una agencia de colocación de empleo que contrataba en sus empresas a distintas personas que eran recomendadas o ‘enchufadas’ por distintas autoridades y funcionarios del Ayuntamiento de A Coruña, con capacidad decisoria en los concursos a los que se presentaba».

SUPUESTOS ENCHUFES

En él, señala el presente auto, se indicaba que los diferentes informes constatan que «esas recomendaciones se producían cuando estaban en fase de concurso los servicios públicos que eran licitados por el Ayuntamiento, en especial, si eran de nueva creación», pero apunta en un paréntesis que «esta afirmación no quedó constatada al no figurar en los testimonios remitidos los diferentes expedientes de esos concursos en los que figuraba o participaba el grupo Vendex».

La instructora de la causa, la jueza Pilar de Lara (sancionada por la instrucción de esta causa y apartada de Lugo), también señalaba que «algunos cargos o empleados públicos (…) trataban de seducir a José María Tutor con algún trato de favor a la hora de adjudicar dicho concurso u otro futuro si les enchufaba a alguna persona de su entorno». Hechos que se concentraban entre 2011 y 2012.

Tras el relato de los hechos, el juzgado de instrucción coruñés concluye que «se sigue constatando que no están debidamente concretados y, especialmente, la participación concreta de los posibles autores, ya que se señala de manera genérica a autoridades y funcionarios del Ayuntamiento de A Coruña», especialmente, añade, a Julio Flores, José María Tutor (Vendex) y Maribel Carrasco, «sin ninguna referencia a los demás».

En este sentido, añade que se menciona a otros miembros de la corporación municipal de esos años «que no consta que después se siguiera el procedimiento respecto a ellos». No en vano, también había sido salpicado por este caso el socialista José Nogueira.

El Juzgado de instrucción número 7 de A Coruña observa, asimismo, que solo se hace referencia a la posible contratación de los servicios en el Ágora y se añaden actuaciones que no figuran después en el testimonio remitido, como «efectuar favores para agilizar facturas o que les facilitasen informaciones».

Así las cosas, tras el análisis del atestado, los diferentes informes que fueron remitidos con el testimonio, el contenido de las declaraciones de los investigados y las testificales, el juzgado coruñés concluye que «no queda debidamente acreditada la concurrencia de estos ilícitos penales de influencias y cohecho», y cita los artículos 428, 429, 430, 421, 420 422 y 424 del código penal.

«NO SE HA ESCLARECIDO DEBIDAMENTE»

Sobre esta base, la instructora «comparte» con el Ministerio Fiscal que toda la instrucción practicada «no ha esclarecido debidamente los hechos objeto de este procedimiento» –declaraciones, informes, intervenciones telefónicas, entradas y registros–.

También señala que «no individualiza la responsabilidad concreta de todos y cada uno de los investigados ni que se haya acreditado debidamente que los hechos sean constitutivos de delito».

últimas noticias

Decenas de personas reciben en Vigo a la Flotilla de la Libertad con rumo a Gaza: «No estáis solos»

Cerca de 200 personas han recibido este miércoles en Vigo al buque 'Kate Tenacity'...

Un fallo da la titularidad de la Torre de Caldaloba a la Xunta, que valora que «se abre una nueva etapa»

La Xunta informa de que un fallo judicial ratifica el derecho de retracto de...

La nueva obra de Redrum recupera la memoria de las represaliadas por el franquista Patronato de Protección de la Mujer

La nueva obra de Redrum Teatro, 'Caídas', recupera la memoria de las represaliadas del...

La secretaria de Estado de Derechos Sociales alerta de que la aporofobia puede transformarse en violencia

La secretaria de Estado de Derechos Sociales, Rosa Martínez, ha alertado de que la...

MÁS NOTICIAS

La Xunta apunta que ahora corresponde a Carballo restablecer la conexión natural entre la laguna de Baldaio y el mar

La Xunta informa de que ha acordado con el Ayuntamiento de Carballo (A Coruña)...

Pleno.- Medio Rural defiende que la moratoria para nuevas granjas en A Limia es «provisional, temporal y localizada»

La conselleira do Medio Rural, María José Gómez, ha defendido que la moratoria de...

Pesca.- Ana Miranda (BNG) reclama ante Europa que la flota de bajura «quede exenta» de cuotas pesqueras

La eurodiputada del BNG Ana Miranda ha trasladado a la Comisión Europea una pregunta...