La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente un recursos de la Asociación de Empresarios Lugo Monumental y ha tumado parte de la modificación de la ordenanza municipal de la tasa de terrazas aprobada en pleno el 30 de diciembre de 2020, aunque todavía no había llegado a aplicarse.
En concreto, el alto tribunal gallego ha declarado la nulidad del artículo 4 de la modificación porque ve «injustificados» tres de los coeficientes utilizados para calcular el pago del tributo: el C4, referido a cuando exista algún riesgo para los ciudadanos inherente al uso del suelo público; el C5, los gastos inducidos a la administración local; y el C6, correspondiente al empleo exclusivo del suelo.
Tras conocer la sentencia, dictada este miércoles, la Asociación Lugo Monumental ha emitido un comunicado en el que manifiesta su «satisfacción» porque el TSXG le haya dado la razón y haya anulado esta ordenanza que contenía, a su juicio, unos importes «disparatados».
Según este colectivo de empresarios, el Consistorio modificó la ordenanza «sin justificación alguna», ya que, si bien alegaron la existencia de una sentencia que les obligaba, «eso no era cierto» y «simplemente se trataba de una medida recaudatoria que ahora queda sin efecto».
Dicho esto, Lugo Monumental ha recordado que la hostelería fue un sector «especialmente castigado por la pandemia» y «la aparente generosidad municipal de eximir el pago de las tasas en los años 2021 y 2022 no impedía que desde el 2023 fueran a recuperar ese dinero con creces», ya que la tasa –ha añadido– se había «multiplicado hasta por seis en determinados casos».
Una vez conocido el fallo del TSXG, la asociación ha dicho «tender la mano» al Consistorio para «colaborar en la redacción» de una nueva ordenanza «que sea razonable y que no implique que un hostelero lucense pague por su terraza el doble que uno de Santiago o A Coruña y diez veces más que uno de Vigo».
EL AYUNTAMIENTO ESTUDIA RECURSO
Mientras tanto, el gobierno local pone el foco en que el tribunal desestima «íntegramente» otras dos alegaciones que presentó Lugo Monumental y que solamente tres de los nueves coeficientes de cálculo fueron anulados «sin que, por otra parte, la magistrada haga objeciones ninguna al resto de apartados y aspectos que recoge la revisión practicada».
Además, tal y como señala en un comunicado remitido a medios la concejala de Gobernanza, Paula Alvarellos, no se trata de una sentencia firme y, por tanto, el área de Hacienda Local valorará ahora «qué pasos dar, bien para recurrirla o bien para revisarla de acuerdo» o al «interés general» o a la «potestas recaudatoria» que tienen los municipios. Todo ello, añade la edila, «siendo conscientes de la situación actual y de las necesidades del sector de la hostelería, como siempre hicimos».
Del mismo modo, Alvarellos recuerda que esta tasa modificada «nunca llegó a aplicarse», ya que hasta el momento, con motivo de la crisis sanitaria, se había eximido a la hostelería su pago. «Una exención que se mantiene actualmente como también se mantienen el resto de medidas habilitadas para apoyar al sector y garantizar su viabilidad a pesar de las restricciones que impuso la pandemia», explica.