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La reforma de la ley gallega de violencia de género, que incluye la violencia digital, entra en vigor este martes

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La reforma de la ley gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género (Ley 11/2007, del 27 de julio) entra en vigor este martes. De esta forma, Galicia adapta la normativa e incorpora la violencia de género digital como una forma de violencia que se ejerce contra las mujeres.

De esta forma, se engloban todas las conductas que se ejercen a través de las nuevas tecnologías, de las redes sociales o de internet, inclusive la grabación y difusión de imágenes tomadas sin consentimiento, sea en el ámbito público o en el privado, que supongan una humillación o vejación de las mujeres, así como la distribución en la red de imágenes o datos comprometidos de contenido sexual.

La reforma legislativa fue aprobada por unanimidad del Parlamento gallego –PPdeG (grupo impulsor de la iniciativa), BNG y PSdeG– el pasado 23 de noviembre, en un nuevo hito en la lucha de Galicia contra la violencia machista.

La nueva legislación considera violencia de género la «usurpación de la identidad de la víctima o la creación de perfiles falsos para desprestigiar a la víctima», así como la «creación de perfiles falsos para desprestigiar a la víctima, dar de alta el correo electrónico de la víctima en sitios web para estigmatizarla o ridiculizarla, acceder digitalmente al ordenador para controlar sus comunicaciones con terceros, control del dispositivo móvil y sus comunicaciones», entre otros, como forma de violencia sin «tener contacto» físico.

Así, Galicia pasa a reconocer como violencia machista, desde este martes, el ciberbullying, sextorsión,; ‘grooming’, usurpación de identidad, llaves o contraseñas; sexting, o ‘pornovenganza’, actividades que están aumentando entre los jóvenes.

Además, la violencia digital reconoce no solo la que se realiza a través de los medios tecnológicos, sino aquellos actos que hayan sido cometidos, instigados o agravados «reconociendo como medio para cometer el delito la utilización de servicios de geolocalización».

CAMPAÑAS

La ley que entra en vigor este martes recoge que, en las campañas que se realicen contra la violencia machista, se dedicará «atención específica a la sensibilización y a la formación de la población juvenil en la prevención e identificación de actitudes que constituyen actos de violencia de género, con especial incidencia en la violencia digital».

Del mismo modo, las campañas harán posible el acceso a las mujeres con más dificultades para que se acerquen a los recursos y a la información y habrá campañas accesibles y específicas que tengan en cuentan las circunstancias de las mujeres del ámbito rural y el acceso a la información.

ACTIVIDADES EDUCATIVAS

Por su parte, la Administración educativa, en colaboración con el departamento competente en materia de igualdad, tendrá el deber de «impulsar la realización de actividades dirigidas a la comunidad escolar para la prevención de comportamientos y actitudes sexistas y de violencia de género».

Tendrán que contar «con especial atención a la violencia de género digital» y deberán estar «destinadas a ahondar en las estrategias para el análisis y resolución de los conflictos, así como el aprendizaje de la convivencia basada en el respeto a todas las personas y fomentando actitudes, valores y capacidades que contribuyan al pleno desarrollo en igualdad».

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